Cuándo se cobra el paro en marzo 2024


Son muchas las personas que están esperando el cobro de la ayudas del paro y del ERTE el mes de marzo de 2024. Este moneda es fundamental para esa masa desvalido en situación de desempleo o para las personas afectadas por Expedientes Temporales de Regulación de Empleo (ERTEs).

Recuerda que estas prestaciones se pueden solicitar en los quince días siguientes a que ocurra ese cese del empleo y que cobrar el paro está sujeto a ciertas condiciones y requisitos que deben cumplir los beneficiarios, como por ejemplo estar inscritos como demandantes de empleo y cumplir con ciertos requisitos de tiempo trabajado para poder obtener a la ayuda.

Además debes considerar que la duración máxima del subsidio será de 30 meses y que la ayuda será compatible con un empleo durante los 180 primeros días sin pérdida de prestación.

¿Cuándo cobraré el paro en marzo de 2024?

Desde enero de 2023, la prestación por desempleo se cobra entre los 10 y 15 de cada mes, tal como establece el Servicio Sabido de Empleo Estatal (SEPE). No obstante, algunas entidades bancarias adelantan el suscripción de la prestación por desempleo a sus clientes. Esta medida fue adoptada durante la pandemia y, aunque ésta haya dejado de tener vigor, algunas entidades decidieron mantenerla.

Estas retribuciones se pueden superar aún más si la data de ingreso recae en fin de semana o festivo. Por ejemplo, si el día de cobrar el paro cae en sábado, el servicio conocido ingresará el paro el lunes de la semana subsiguiente. Asimismo, el cobro de otras prestaciones sociales todavía se produce en el mismo periodo.

Requisitos para poder cobrar la prestación por desempleo

La prestación por desempleo es un apoyo financiero imprescindible para aquellas personas que han perdido su empleo de forma involuntaria. Sin secuestro, para obtener a este beneficio, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos. Si quieres entender cómo se cobra el paro, aquí te especificamos todos los requisitos:

Estar afiliado a la Seguridad Social, habiendo aportado las cuotas dirigidas a la prestación por desempleo.

Comprometerse a inquirir activamente un nuevo empleo (lo que se define como “compromiso de actividad”).

Cotizar, al menos, 360 días en los últimos 6 primaveras.

Que la causa de despido no sea imputable al trabajador.

Inscribirse en el registro de demandante de empleo (INEM).

No ser viejo de 65 primaveras (es afirmar, no tener la tiempo de subsidio).

No percibir una retribución económica por un trabajo que se realice por cuenta propia o ajena.

En el caso de que cumplas estos requisitos y no hayas recibido el cuota de tu prestación por desempleo o ERTE en la data correspondiente, es necesario que te pongas en contacto con el SEPE lo ayer posible para solucionar este problema.

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