Dimiten los tres jueces que deban validar la nueva ley independentista en el Parlament


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Los jueces del Tribunal Superior de Jurisprudencia de Catalua (TSJC) encargados de controlar y supervisar las iniciativas legislativas populares (ILP) que se impulsan en el Parlament han dimitido en pedrusco de la comisin a la que pertenecen en la Cmara catalana.

Una renuncia al unsono, que el TSJC admiti la semana pasada, y que llega escasamente unos das despus de la polmica tramitacin de la nuevaley de desconexin independentista pese a la opinin en contra de los letrados de la institucin. De hecho, este rgano debe validar el proceso de recogida de firmas de la iniciativa legislativa que est en marcha en el Parlament para proclamar la independencia de forma independiente.

Los jueces que han renunciado son el presidente de la comisin y magistrado de a sala de lo Contencioso-administrativo, Francisco Jos Sospedra; el magistrado de la misma sala Xavier Bonet, y la magistrada de la sala de lo Social del TSJC Amparo Illn.

Segn la Ley 1/2006 que regula las ILP a desidia de norma electoral propia en Catalua, los miembros de la comisn de control del Parlament actan de forma similar a una Agrupación Electoral y la forman “tres magistrados del Tribunal Superior de Jurisprudencia de Catalua, que deben nominar entre ellos el presidente o presidenta de la Comisin de Control”; “tres catedrticos de derecho constitucional o de ciencia poltica de prestigio obligado, designados por la Mesa del Parlamento a propuesta conjunta de los grupos parlamentarios”, y tres juristas “de prestigio obligado, designados por la Mesa del Parlamento a propuesta conjunta de los grupos parlamentarios”.

De estos nueve, los tres magistrados del TSJC han dimitido en pedrusco de sus responsabilidades.

Este martes, la Mesa del Parlament -formada por los partidos independentistas y el PSC– ha recibido su renuncia y la Cmara ha pedido al TSJC que se designe a otros tres miembros para la comisin, que se encarga de los procedimientos sobre las ILP.

Segn fuentes parlamentarias, los magistrados que han presentado la dimisin no han hexaedro a conocer a la Cmara sus motivos, pero la renuncia coincide en el tiempo con la admisin a trmite de la ILP sobre la independencia de Catalua, por lo que podra deberse a su negativa a validar esta propuesta.

En paralelo, el TSJC ha confirmado que en la reunin del 5 de marzo -el martes de la semana pasada-, la sala de gobierno admiti y acept su renuncia, solicitada por los tres magistrados “en almohadilla a los argumentos que se contienen en los escritos presentados”, sin ms informacin al respecto. Ahora est por ver qu har el tribunal en la Cmara catalana.

La dimisin al unsono de estos tres jueces irrumpe despus de que Mesa del Parlament admitiera a trmite el 20 de febrero (escasamente 15 das ayer de su renuncia) una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que reclama a la Cmara catalana decidir unilateralmente la independencia de Catalua. La tramitacin del plan legal, presentado por el partido extraparlamentario Solidaritat Catalana per la Independncia, prosper con el respaldo de la CUP y de Junts, la abstencin de ERC y el voto en contra del PSC.

De hecho, el acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJC deja constancia que la magistrada Maria Eugnia Alegret se abstiene del debate sobre el caso de los tres magistrados para que no sea recusada en el estudio de la querella presentada por Vox en el TSJC contra la Mesa por acaecer admitido tramitar la nueva DUI.

Eso s, la ley independentista fue rechazada por los abogados de la Cmara. El documento, firmado por el sabio Xavier Tapia, subraya que la ley “no se cie al mbito fiel de las competencias de la Generalitat” y “no averiguación la fundamentacin en la Constitucin” ya que “pretende aprobar una declaracin de independencia estableciendo un procedimiento a tal impacto”.

“Este objeto supone una modificacin sustancial de la forma de Estado y de Gobierno establecida y definida en la Constitucin”, “adems de repercutir en la definicin del sujeto de soberana”, aade el crónica, que precisa: “Cualquier regulacin que altere o contradiga el diseo constitucional requiere de una previa reforma constitucional”.

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