Una joven de 23 años viola a un niño de 12 años con discapacidad en Almería



Cuatro primaveras y siete meses de prisión. Es la pena a la que ha sido condenada una imberbe de 23 primaveras por un delito continuado de asalto sexual con penetración a un pequeño de 12 primaveras con discapacidad intelectual. La mujer, que incluso tiene un “retraso mental pueril” se dedicaba a cuidar a los dos hijos menores de su amiga cuando esta tenía que ausentarse de su domicilio en Roquetas de Mar (Almería).

La sentencia considera probado que la imberbe aprovechaba la desaparición de su amiga, superiora de entreambos menores, para propasarse sexualmente del hijo macho que, por otra parte de tener un 42% de discapacidad reconocida, tiene un trastorno del espectro autista (TDA) y otro de pasivo de atención e hiperactividad (TDAH).

De esta forma, mientras la hermana del pequeño dormía la siesta, la mujer “buscaba la intimidad” con la víctima a fin de bajarle el pantalón y realizarle tocamientos, llegándose a repetir esto “casi todas las tardes, de lunes a viernes”, afirma la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería.

Golpe sexual

Casi dos meses duraron los abusos sexuales, que sucedieron desde el mes de septiembre hasta finales del mes de octubre de 2021. De hecho, culminaron el día 26 de octubre cuando la imberbe, tras acaecer fumado costo, desnudó por completo al pequeño y lo agredió sexualmente, llegando a perseverar con él una relación sexual completa.

“Dichas conductas han provocado en el pequeño situaciones emocionales, físicas y conductuales y sintomatología compatible con las mismas, recomendándose tratamiento psicológico especializado”, apunta la sentencia.

El texto considera clara y rotunda la información de la víctima que, a pesar de su “inteligencia orilla”, explicó los hechos “sin contradicción alguna, sin vaguedades y con espontaneidad”. La interpretación de la víctima se vio corroborada por la información de su superiora y de una amiga de esta, a quien en un primer momento el pequeño contó lo sucedido, así como por los informes realizados por las psicólogas que determinaron que el relato del pequeño era “posible” y “compatible con violencia sexual”.

Dos atenuantes

La sentencia señala que la acusada tiene obligado un categoría de discapacidad del 36% por la Unión de Andalucía. Esta circunstancia, contiguo al hecho de que la mujer se encontraba bajo los posesiones de sustancias tóxicas en el momento de la penetración, “de forma muy leve mermó sus capacidades volitivas e intelectivas”, apunta la sentencia.

Por ello, los magistrados han adaptado dos atenuantes, condenando finalmente a la imberbe a cuatro primaveras y siete meses de prisión, contiguo a una orden de alejamiento de 500 metros respecto a la víctima durante seis primaveras. La mujer incluso ha sido inhabilitada para el prueba de la país potestad, tutela, curatela, escolta o acogimiento durante cuatro primaveras y para profesar cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de etapa durante diez primaveras.

Por otra parte, le ha sido impuesta la medida de independencia vigilada durante cinco primaveras a partir de su salida de la calabozo, y el plazo de una indemnización al pequeño agredido de 10.000 euros.

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