La Audiencia Nacional niega el derecho al olvido al homicida de Nagore Laffage en los Sanfermines de 2008



La Sala de loContencioso-administrativo de la Audiencia Franquista ha desestimado el solicitud que presentó el hombre condenado por el homicidio de Nagore Laffage, en los Sanfermines de 2008, en el que invocaba su derecho al olvido.

En el solicitud solicitaba que Google retirara las informativo relacionadas con los hechos por los que resultó condenado. La Sala considera que prevalece la arbitrio de información y expresión frente al derecho al olvido.

El recurrente fue condenado a 12 primaveras y medio de prisión por un delito de homicidio y unos meses posteriormente del cumplimiento íntegro de su condena solicitó, primero en presencia de Google y posteriormente en presencia de la Agencia Española de Protección de Datos, el aislamiento de varios enlaces a informativo de prensa que recogían informaciones sobre los hechos por los que fue condenado y sobre su posterior arbitrio condicional.

El demandante alegaba que a pesar de no cometer ningún delito sexual, diferentes medios de comunicación lo vinculaban con este tipo de delitos y por ello solicitaba la desindexación de esas informaciones por vulnerar sus derechos fundamentales a la privacidad o protección de datos y por incluir datos de carácter personal erróneos.

Tanto Google como la Agencia de Protección de Datos denegaron la solicitud del recurrente por entender que las publicaciones cuestionadas presentaban interés divulgado al tratar sobre un homicidio de gran repercusión y que reflejaban unos hechos para los que no existe descargo alguna. Añadían que, de existir datos inexactos, el recurrente podía optar por desempeñar un derecho de rectificación.

Para la Sala, no se comercio de una información manifiestamente inexacta, sino que se comercio del hecho por el que fue condenado que asocia con otros en que las víctimas fueron incluso mujeres. Para el tribunal, queda claro que debe prevalecer el derecho a la arbitrio de información pues el demandante no ha presentado prueba alguna sobre la inexactitud manifiesta de la información contenida en los enlaces. Por consiguiente, los enlaces cuyo aislamiento se solicita están amparados por el derecho fundamental a la arbitrio de expresión del artículo 20 de la Constitución.

Así llevó a lugar el homicidio

Nagore Laffage conoció a J.D.Y.V, un psiquiatra de 27 primaveras que estaba haciendo el MIR en una clínica de Pamplona, donde ella realizaba prácticas. Uno y otro coincidieron la oscuridad de San Fermín.

Tras un rato hablando, la pollo se despidió de sus amigas y acompañó al hombre a su domicilio. Él intentó violarla y en presencia de la resistor de Nagore la golpeó violentamente. La necropsia reveló que él le dio una colosal paliza a Nagore. Su cuerpo presentó numerosos golpes y la causa de la crimen ha sido por estrangulamiento.

El diabólico telefoneó a un amigo y le desveló, pidiéndole ayuda para deshacerse del occiso, lo que había sucedido. Fue precisamente esta persona la que puso estos hechos en conocimiento de la Policía y posibilitó su detención. Mientras tanto, intentó descuartizarla. Recogió sus pertenencias, limpió el calle y abandonó el cuerpo de Nagore a 45 minutos del extensión del crimen.​

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