La Justicia espaola no podr investigar la muerte de Emma Igual en Ucrania por el recorte de la justicia universal


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Desde la reforma de 2014, la persecución de crímenes de guerra en el extranjero exige que el presunto autor se encuentre en España.

La ayuda de espionaje
La cooperante española fallecida, Emma, ​​en Ucrania.EL MUNDO

La Justicia española no tiene posibilidades de investigar la muerte de la cooperante Emma Igual. Lo tuvo hasta 2014 cuando una reforma de la justicia universal limitó las investigaciones de hechos ocurridos en el extranjero a los casos en los que el responsable de los mismos se encontraba en España.

Un ataque consciente a la población civil supone la comisión de un crimen de guerra, según la Convención de Ginebra y el Código Penal español. Pero al haberse producido en el extranjero, su persecución requiere el cumplimiento de las condiciones contempladas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

En su artículo 23, que regula la justicia universal, indica cuándo la jurisdicción española será competente para investigar delitos cometidos en el extranjero contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado: sólo cuando el procedimiento se dirija contra un español o contra un ciudadano. . extranjero que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encuentre en España y cuya extradición haya sido denegada.

La redacción corresponde a la reforma aprobada por el Partido Popular en 2014. Unos años antes el PSOE había llevado a cabo otro recorte en la justicia universal. Las modificaciones legales se produjeron luego de que proliferaran los procedimientos de justicia universal en la Audiencia Nacional. Afectaron a países como China (por el Tíbet y Falun Gong), Estados Unidos (muerte del periodista José Couso), Israel (ataques en Gaza) o Marruecos (conflicto saharaui), por lo que representaron un dolor de cabeza para los sucesivos gobiernos.

José Couso

La primera reforma de José Luis Rodríguez Zapatero limitó las investigaciones a casos con alguna conexión relevante con España. Esto mantuvo abiertos casos delicados, razón por la cual la siguiente reforma de Mariano Rajoy exigió que el presunto autor estuviera en España. Esta vez sí, la entrada en vigor provocó una cascada de casos de justicia universal.

Entre ellos, el referente a la muerte del camarógrafo de Telecinco José Couso en Bagdad por disparos de un tanque americano. Este es el caso más parecido al ocurrido ayer: ataque a la población civil en un conflicto armado.

Inicialmente, el juez del caso intentó mantener abierto el procedimiento Couso, apoyándose en los compromisos internacionales de España, en particular la Convención de Ginebra. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó esta interpretación y consideró que la ley española era clara e impuso el archivo.

Lo hizo, por supuesto, con críticas a un recorte de la justicia universal que impone una restricción tan sustancial a los derechos de los ciudadanos españoles que son víctimas de este tipo de crímenes en el extranjero. También destacó que los delitos más graves (genocidio, crímenes de lesa humanidad) fueron los que recibieron mayores restricciones.

La reforma abraza un modelo limitado de Jurisdicción Universal, que por regla general excluye la investigación y el procesamiento. en ausencia, por lo que exige que los responsables sean españoles o estén ubicados en España. Pues bien, este modelo restrictivo (…) conduce a resultados claros que necesariamente deben ser seguidos, afirmó el Tribunal Supremo.

La ley criticada por el Tribunal Supremo sigue vigente. En la anterior legislatura, PSOE y Podemos se comprometieron a desactivar la reforma del PP, pero al final no lo hicieron.

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