Pese a haber formado parte del Gobierno, la Sala Segunda considera por unanimidad que el “interés directo o indirecto” alegado por el PP no existe.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha desestimado la impugnación planteada por el Partido Popular contra Laura Díez en el recurso del PSOE para la revisión de los votos nulos en Madrid. En una decisión adoptada por unanimidad, los seis jueces consideran que no procede la causa de “tener interés directo o indirecto” en la causa alegada por los populares. Díez fue director general en el Ministerio de la Presidencia a las órdenes de Félix Bolaños.
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