El mensaje de WhatsApp por el que una empresa considera que has dimitido y no te paga el despido


“Con todo el respeto del mundo pero el lunes no contéis conmigo. Un saludo y de todos modos, gracias”. Este es el mensaje de WhatsApp que un trabajador fijo discontinuo envió a su empresa, tras solicitarle esta un viernes que se incorporara el lunes para realizar un trabajo de 10 días.

La Jurisprudencia española ha considerado que este mensaje por dicha aplicación supone una dimisión del trabajador y que ello faculta a la empresa para prescindir del trabajador y que este no pueda exigir su despido.

El Tribunal Superior de Jurisprudencia (TSJ) de Galicia estima que hay un desión de la relación gremial ya que el mensaje de WhatsApp supone “una manifestación expresa por parte del trabajador de su intención de finalizar la relación gremial existente“, tal y como recoge en su sentencia del pasado 12 de febrero.

Fijo discontinuo desde 2018

El trabajador llevaba prestando servicios desde el año 2018 para la empresa Servitec Noreste, S.L., como fijo discontinuo. En el primer citación, el trabajador prestó servicios por 7 meses; en el segundo, en 2019, trabajó sólo durante 30 días; y durante todo el año 2020 no lo volvieron a acentuar correcto a la pandemia.

Frente a esta situación, el trabajador presentó papeleta de conciliación pero, tras alegar Servitec que la yerro de citación se debió a “la incertidumbre del sector” y las “limitaciones administrativas”, el trabajador decidió no presentar demanda de despido. Así pues, en septiembre de 2021, la empresa le llamó un viernes para que se incorpora el sucesivo lunes al centro de trabajo de Bergondo (La Coruña) para trabajar durante 10 días.

Respuesta por WhatsApp

Al trabajador le indignó profundamente esta situación y enfadado respondió a la empresa a través de WhatsApp lo sucesivo: “No gracias, la verdad es que posteriormente de dos abriles nadie se dignó a susurrar conmigo, a informarme de mi situación en la empresa, ¿y me venís un viernes avisándome que el lunes vaya a trabajar una semana y media de resolución?”.

“No, gracias, no estoy tan desesperado. Con todo el respeto del mundo pero el lunes no contéis conmigo. Un saludo y de todos modos, gracias”, concluyó de forma tajante el trabajador.

A posteriori de este mensaje, en 2022 la empresa no volvió a acentuar al trabajador. Esto hizo que este promoviera un segundo acto de conciliación frente a Servitec, que acabó en inteligencia por despido improcedente. El Judicatura de Primera Instancia 1 de La Coruña dio la razón a la empresa considerando que no había existido despido improcedente.

Abandono del trabajador

Frente a esta sentencia, el trabajador presentó solicitud de suplicación, de forma que el TSJ de Galicia, allá de darle la razón estimando el despido procedente, desestimó su solicitud al considerar que fue éste quien había dimitido en 2021.

La sentencia de segunda instancia considera por un banda que no hubo citación en 2022 por parte de la empresa al no cumplirse con los requisitos legales para estimar su posible validez y fuerza, según el artículo 16.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET).

Pero que ello en este caso no afecta legado que en 2021 ya había finalizado la relación gremial por desión del trabajador. “Hay manifestación expresa por parte del trabajador de su intención de finalizar la relación gremial existente. Pues así se extrae del contenido del WhatsApp”, concluye el arbitraje.

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