Aerolíneas lowcost evitan una sanción por ocultar el teléfono de atención o no tenerlo



Servicio de Derechos Sociales, Consumo y Memorándum 2030 ha resuelto mediante acuerdo varios de los expedientes que abrió durante la pasada reunión contra aerolíneas que no disponían de teléfono de atención al cliente o, si lo tenían, eran de difícil camino.

Desde el Servicio informan que las compañías han asumido su responsabilidad y han suscrito una serie de compromisos de no reiteración, por lo que los expedientes han terminado sin condena.

El caso se remonta a julio de 2023, cuando la Subdirección Normal de Inspección y Procedimiento Sancionador (SGIPS) abrió varios expedientes sancionadores contra aerolíneas por no disponer de este teléfono de atención al cliente. Entre las compañías expedientadas estaban Blue Air, Binter, Canary Fly, Iberia, Wizzair, Volotea, Air Europa, Condor, Iberojet, easyJet, Finnair, Iceland Air, SAS, Transavia, Wamos Air y EgyptAir.

Esto supone un incumplimiento de las obligaciones legales en materia de servicios de atención al cliente, ya que la reglamento indica que este teléfono tiene que ser accesible a todos los consumidores y que tiene que tener carácter sin cargo, es asegurar, con los prefijos 800 o 900.

Así, algunas de estas aerolíneas se han comprometido a tener activo este servicio y a permitir que se verifique el cumplimiento de esta obligación. Sin confiscación, Consumo mantiene abiertos todavía diversos expedientes sancionadores contra algunas de las compañías expedientadas aunque no ha informado sobre cuáles son.

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