El Pleno del TC verá el recurso del fiscal sobre el amparo de Puigdemont con la abstención de Pumpido


La Corte Constitucional aprobó este martes la avocación al Pleno deEl recurso de amparo de Puigdemont y Toni Comín contra la orden de detención dictada por el juez Llarena en el marco de su procesamiento por malversación y desobediencia. Así, serán todos los magistrados, a excepción del presidente, que se ha abstenido, quienes conocerán del recurso de apelación del fiscal contra la inadmisibilidad (en agosto) del escrito del prófugo por parte de la Sala de Vacaciones del TC. La abstención de Conde-Pumpido en los asuntos del ‘procés’ se debe al desafío formulado en su momento por la defensa de los líderes independentistas.

Fuentes del TC indicaron que el estudio del recurso del Ministerio Público, que cuestiona la competencia de este tribunal para resolver dicho recurso, ha sido aplazado para la próxima Sesión Plenaria, que tendrá lugar dentro de dos semanas. Fueron tres los magistrados progresistas (Juan Carlos Campo, Laura Díez y Ramón Sáez) los que pidieron que el recurso de la fiscalía se llevara al Pleno, al no haber ningún salón de vacaciones establecido cuando el Ministerio Público impugnó la improcedencia, ya en septiembre.

La Sala de Vacaciones que resolvió el recurso el pasado 9 de agosto estuvo integrada por los conservadores Concepción Espejel y César Tolosa y la progresista Laura Díez, quienes presentaron un voto particular con los mismos argumentos que esgrimió el fiscal días después, ya en septiembre. jefe ante el TC Pedro Crespo en su recurso: no había ninguna urgencia que justificara la intervención de esta sección, que debería haberse limitado a admitir a trámite el recurso para que el Pleno lo resolviera, como se ha hecho con todos los asuntos relacionados al ‘procés’.

Sin embargo, para los magistrados conservadores esta urgencia existió desde el momento El prófugo pidió medida cautelarísima: el retiro de la orden nacional de detención.

Sin cuestionar el fondo de la decisión adoptada por esa Cámara de Vacaciones, es decir, si existen o no razones suficientes de que se ha vulnerado un derecho fundamental al dictarse una orden de detención cuando su inmunidad como eurodiputado no está firmemente resuelta, el fiscal considera que el fundamento jurídico incluido en el auto recurrido “no justifica debidamente la competencia de dicha sección para adoptar tal resolución”. A su juicio, esta orden “excede el ámbito material de competencia que, excepcionalmente y por razones de urgencia, corresponde a dicho apartado”. Y pese a considerarse competente para resolver porque se trataba de una petición muy cautelar de por medio, “nada se soluciona al respecto”. “Ni siquiera se estudia ni verifica la concurrencia de los requisitos legales que justificarían su adopción o rechazo.” Y, sin embargo, sí se refiere a la “inexistencia manifiesta de vulneración de un derecho fundamental que pueda ser tutelado bajo tutela”, puntualizó Crespo.

El fiscal señaló que no siempre cuando un proceso contiene una demanda cautelar urgente, la sección de vacaciones está obligada a resolverlo de inmediato. En su opinión, en este caso no había urgencia: «Los recurrentes (Puigdemont y el también eurodiputado y prófugo Toni Comín) no se encuentran en territorio español, único lugar donde se pueden ejecutar las órdenes de detención, desempeñan sus funciones representativas fuera del territorio nacional y ninguno se encuentra actualmente privado de libertad. », argumentó en su recurso.

«Es indudable que, finalmente, el recurso de amparo interpuesto por los señores Puigdemont y Comín podría terminar siendo rechazado, o incluso inadmisible, y también es cierto que esta Fiscalía no se opone. Pero la trascendental importancia de que la inadmisibilidad, en su caso, sea acordada por el órgano competente para ello resulta directamente de la esencia constitucional de la configuración, organización y funcionamiento de la jurisdicción constitucional”, concluyó Crespo, quien solicitó la nulidad de ese auto de inadmisibilidad. para que el recurso sea redirigido por el canal adecuado.

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