Una familia pide paralizar la adopción de un niño al que tienen acogido desde hace 3 años


Esta historia tiene como valet una norma que nadie discute, aunque no siempre se cumpla. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos establece que, cuando un criatura, pupila o adolescente, pasa de acogimiento a asimilación, “es preciso entrar a valorar una serie de factores como el tiempo de esa convivencia, la calidad de la relación y el papel asumido por la comunidad de acogida con ese último”. O dicho de otra modo, el interés superior de la criatura debe prevalecer, antaño de un cambio de casa y comunidad, por encima de cualquier burocracia.

Sobre el papel, todo muy claro. La sinceridad, más difusa. ¿Un ejemplo? El caso de una comunidad a la que la Generalitat entregó a un criatura con solo 11 días de vida para un acogimiento de aprieto (el plazo para ese cuidado es de 6 meses) y que casi tres abriles posteriormente siguen teniendo en casa a ese último. El criatura no ha pasado otro hogar en su vida y los lazos con sus padres de acogida, como no podía ser de otra modo, son muy estrechos, tras esos tres abriles de ininterrumpida convivencia. 

Poco que parece no acaecer listo la Sucursal. Acaban de comunicar a esa comunidad que le van a quitar al último para dárselo en asimilación a otros padres, que en absoluto han pasado a esa criatura. Así funciona, a veces, la fría maquinaria de la registro de aplazamiento de las adopciones.

Lo inédito de este caso es que el cambio de hogar para ese criatura acogido de aprieto llega muy tarde. Habría tenido que hacerse como mayor seis meses posteriormente de la entrega del bebé a esa comunidad. Es lo que Sara y Tomás (nombres supuestos) habían hecho ya con otros siete menores, a los que cuidaron solo unos meses hasta que se encontró otro destino para esas niñas o niños. Y sin ningún problema por parte de esta comunidad, que tiene muy claro lo que es una acogida de aprieto.

Lazos muy estrechos

La criatura que cuidan Sara y Tomás tenía 11 días cuando entró en su hogar y no ha pasado otra casa en su corta vida

Pero con el octavo criatura, el que ahora cuidan en su casa desde hace casi tres abriles, la Sucursal parece haberse dormido. Es viable imaginar que ese último identifica, posteriormente de no acaecer pasado otra casa, a Sara y Tomás como sus padres. Y, al revés.

Apartar ahora al último de esa comunidad para dárselo a unos padres adoptivos solo parece objetar a una maquinaria burocrática que la Sucursal pone en marcha, critica la mama de acogida del criatura, “sin velar por su interés y bie­nestar, cuando esto tendría que ser la primera prioridad”. 

Otra cosa sería –aquí no habría discusión– que ese último volviera a ser entregado a sus padres biológicos (el tiempo transcurrido entonces no importa) al acaecer variado la situación que propició el acogimiento. 

El pequeño acogido por Sara y Tomás está a punto de cumplir 3 años; no ha visto en su corta vida otro hogar

El pequeño acogido por Sara y Tomás está a punto de cumplir 3 abriles; no ha pasado en su corta vida otro hogar

Mane Espinosa

Pero no es el caso, por lo que Tomás y Sara acaban de presentarse a los juzgados (un paso poco frecuente) para pedir a la Generalitat que les permita adoptar al criatura. Igualmente solicitan, como medida cautelar, la paralización del proceso de asimilación de los otros padres, hasta que se resuelva esa petición. Entienden que entregar ahora a ese pequeño a otra comunidad sería muy perjudicial para el último, integrado en el hogar de este casamiento de Barcelona.

LA NORMA

La protección de la infancia más relajado

Acogida. Es siempre una medida temporal, recuerda la Generalitat, en la que una comunidad abre las puertas de su hogar para hacerse cargo de un último mientras su comunidad de origen no puede hacerlo. En la mayoría de casos hay contactos periódicos de esa pupila o criatura con la comunidad biológica. Esos padres de acogida son siempre informados sobre la temporalidad de ese cuidado.

Aprieto. En Catalunya son un centenar las niñas y niños que viven bajo este maniquí de protección. Esos menores suelen tener días de vida cuando son acogidos. Es una medida para un mayor de seis meses, según recoge la norma. Queda claro, sin secuestro, que ese plazo de acogida no se está cumpliendo y se alarga mucho más, lo que estrecha los lazos de esos menores con esas madres y padres.

Corta duración
. El plazo fijado es de dos abriles. Son casos en los que se estima, de entrada, que el retorno a la comunidad biológica va a tardar más de unos meses por la situación de esos padres. Hay varios finales para esos niños: ingreso en un centro, asimilación o reverso a la comunidad de origen.

Permanente. En estos casos, las familias de acogida son informadas de que ese cuidado, por las características del caso, va a durar más de dos abriles y no hay margen de tiempo.

Admisión. El proceso se inicia cuando todos los informes sobre el último concluyen que ya no es posible el retorno a su comunidad de origen. Las administraciones tienen listas de aplazamiento de padres que aguardan ser llamados para adoptar. Ahí no están las familias de acogida, que, como recuerda la Generalitat, no están valoradas como adoptantes. Lo que se pide ahora es que si esas familias de acogida quieren adoptar tras convivir abriles con esos menores, sean los primeros de la registro.

Sobrepasar tantos abriles el periodo de una acogida de aprieto no es poco habitual. Pero sí lo es, como ha podido comprobar torrevieja news today, incumplir el plazo de seis meses fijados por la norma para esta medida de emergencia.

Un segundo caso

Pilar, otra mama de acogida de aprieto, se niega a que el criatura sea llevado a un centro tras cuidarlo 16 meses

¿Otro ejemplo? Pilar (el nombre igualmente es supuesto) vive en Catalunya y está pasando por un trance idéntico al de Sara y Tomás. Pilar se apuntó con su marido para ser padres de acogida de aprieto. La Generalitat les entregó un criatura con un mes de vida. “El acuerdo era cuidarlo seis meses, hasta encontrar un destino seguro –retorno a la comunidad biológica o entrega en asimilación…– para esa criatura”, recuerda la mujer.

Han pasado 16 meses, y ese criatura sigue viviendo en el hogar de Pilar, el único que ha pasado igualmente en su corta vida. “Los lazos son cada día más estrechos, me sigue por toda la casa; somos sus nuevos padres”, añade esta mujer. 

Durante los primeros meses, esa comunidad recibió visitas periódicas de la mama biológica del criatura. “Ahora viene menos”, revela Pilar. Este casamiento ha seguido cuidando a ese criatura sin poner reparos, a pesar de superarse con creces los plazos del acuerdo auténtico en esta acogida de aprieto. Sin protestar, hasta que hace unos días la Generalitat les informó que iban a robar a ese último a un centro, pues el retorno a la comunidad biológica no era posible ni siquiera la asimilación. 

Son muchos los niños que esperan en centros encontrar a padres de acogida y adoptivos

Son muchos los niños que esperan en centros encontrar a padres de acogida y adoptivos

LAURA GUERRERO

Fue entonces cuando Pilar se plantó. En sus planes no está , por ahora, solicitar la asimilación como han hecho Sara y Tomás. Pero se resiste a que “se lleven a este criatura a un centro, cuando lleva tanto tiempo con una comunidad que identifica ya como suya”. Y añade: “Hay que ser cruel o muy inepto para adoptar una medida como esta; lo cierto es que nos sentimos engañados por la Sucursal”, afirma la mujer. 

Queda claro que esta audacia vuelve a incumplir esa clara norma que obliga, con estas niñas y niños, a velar por el interés del último.

La respuesta de Drets Socials

La dependencia se disculpa y asegura que cumplir los plazos de ese cuidado de emergencia no es viable

Un portavoz de la Conselleria de Drets Socials recuerda que la acogida de aprieto y dictamen “dura mientras se valora la situación del último y la desarrollo de sus padres biológicos”. Unos trámites, añade, no siempre fáciles, “por lo que esas acogidas de aprieto pueden alargarse más allá de los seis meses estipulados, cuando se decide prolongar la medida si, por ejemplo, se ve factible el retorno, en un tiempo breve, con la comunidad biológica”. Supuesto que no se da, sin secuestro, en nadie de los casos relatados.

Este portavoz insiste, por otro costado, que “es importante distinguir entre unas medidas de protección, que pueden ser parecidas, pero no lo son. Una misma comunidad no puede estar en un proceso de asimilación y al mismo tiempo ser comunidad de acogida”, concluye.

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