La Audiencia Provincial de Madrid avala la causa abierta contra Begoña Gómez


La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el petición de la Fiscalía y ha avalado la atrevimiento del sentenciador instructor Juan Carlos Peinado de investigar a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, por las cartas de recomendación a una empresa en dos concursos públicos que denunció Manos Limpias: «Ni los hechos contemplados son manifiestamente falsos ni cerca de desmentir de plano la apariencia delictiva, sin contar con la investigación que aporte el conocimiento de todas las circunstancias concurrentes».

En una resolución notificada este miércoles, expone que «la pretensión del Empleo Fiscal de impedir toda investigación amparándose en una taxativa interpretación típica, ab initio, en este delicado campo es inusual y podría sobrellevar a crear lagunas de impunidad».

Según expone, «al inicio debe llegar, como venimos repitiendo, una sospecha fundada en datos objetivos y verificables, que tendrá que ir decantándose y superando los filtros establecidos para, en su caso, vocear a determinado a fallar como investigada, seguidamente establecer la continuación del procedimiento, y finalmente poder condenar».

Y tras analizar la denuncia, concluye que si correctamente la relación que establecía Manos Limpias entre Begoña Gómez y el rescate estatal de la aerolínea Air Europa es «una simple conjetura más allá de llamativas coincidencias temporales y personales que, en su momento puedan deparar nuevos datos y que quizá hubieran justo activar controles administrativos previos garantes de los principios de transparencia y buen gobierno», el resto del relato sí arroja «datos objetivos suficientes que legitiman el inicio de la investigación».

Se refiere en particular a los contratos públicos que recibió la Unión Temporal de Empresas que conformó la mercantil del peña Barrabés Innova Next, tras aparecer a dos concursos con cartas de recomendación firmadas por Begoña Gómez, por los que la Fiscalía Europea ha mostrado su interés porque de estar financiados con fondos comunitarios, «podría impresionar a desempeñar la competencia» sobre la investigación. Esto, para la Audiencia Provincial, «resulta contradictorio» con la postura que ha adoptivo la Fiscalía al acogerse la tolerancia de la causa.

«Existen indicios acerca de la presunta comisión de un hecho delictivo, para el principio de la instrucción acordada mediante el automóvil recurrido y que son suficientes en relación a lo que el Tribunal Constitucional exige para la incoación de un procedimiento, exigiendo en lo que respecta a los indicios, que son poco más que simples sospechas, pero todavía poco menos que los indicios racionales que se exigen para el procesamiento», dice la resolución.

En opinión de los magistrados, concurren así «indicios objetivos que apuntan a la intermediación en la concesión de subvenciones en las que podría tener inconcluso algún tipo de contraprestación, al menos, respecto de los hechos concretos referidos a la U.T.E. formada por Innova Next S.L.U. y la Escuela de Negocios The Valley, actividad que legitima una investigación, sin que sea necesario por el momento, anticipar una exacta calificación jurídica».

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