ya se puede solicitar cita de atención presencial



Los contribuyentes podrán despuntar a solicitar desde este miércoles 29 de mayo su cita previa para la atención presencial de la explicación de la Renta correspondiente al año 2023, aunque será el día 3 de junio cuando la Agencia Tributaria comenzará a asistir a los ciudadanos en sus oficinas para la confección y presentación de los documentos.

El plazo de presentación finalizará el 1 de julio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si admisiblemente el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 26 de junio.

Encima de la vía telemática, Agencia Tributaria puso en marcha este mes el plan `Le Llamamos` para la confección de declaraciones de Renta por vía telefónica. Así, desde inicios de mayo y hasta el final de la campaña los contribuyentes que necesiten una amparo personalizada podrán ser atendidos sin falta de desplazamientos a una oficina.

Igualmente ya está eficaz desde principios de mes la principal novedad de esta campaña, que es el plan distinto de amparo a personas mayores de 65 primaveras en pequeños municipios de la cosmografía española.

De esta forma, y gracias a la colaboración de los respectivos ayuntamientos, la Agencia ofrece a personas mayores residentes en más de 550 municipios de las 46 provincias del distrito en régimen popular la confección de su explicación sin desplazamientos o, en algunos casos, con desplazamiento a un municipio muy cercano.

Los sindicatos no descartan huelga en plena campaña

Pero la Campaña de la Renta de este año está marcada por el conflicto iniciado por los sindicatos de la Agencia Tributaria para ganar mejoras salariales y laborales en esta delegación.

Pese a la reunión con la directora genérico de la Agencia Tributaria, Soledad Fernández, los sindicatos han decidido surtir las movilizaciones frente a la “desliz de compromiso político y marcha de propuesta económica” para negociar mejoras retributivas y en la carrera profesional de la plantilla. Las organizaciones no descartan ningún escena, incluida la huelga.

Desde la Agencia Tributaria, aseguran que tienen voluntad y autorización para negociar mejoras pero lo condicionan a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2025. Pero los sindicatos consideran que esta propuesta es insuficiente, ya que no hay garantías políticas ni retributivas.

UGT, SIAT, CSIF, CCOO y CIG, que representan a más del 80% de la Mesa Genérico de la Agencia Tributaria, registraron esta semana en el Congreso una carta para pedir a los grupos parlamentarios la reprobación del presidente del organismo y secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, por la “oneroso situación” que atraviesa la Agencia Tributaria.

23.281.000 declaraciones en esta campaña

La Agencia Tributaria prevé ingresar 18.908 millones de euros en la Campaña de Renta 2023 que arrancó el pasado mes, un 12,2% más respecto al control antecedente, mientras que el coste a devolver a los contribuyentes será un 1,8% inferior, con 11.650 millones.

Está previsto que en esta campaña del IRPF se presenten un total de 23.281.000 declaraciones, un 1,2% más que el año antecedente. De ese total, se prevé que den derecho a devolución casi un 63% de ellas –14.614.000, un 3% menos– por un coste estimado de 11.650 millones de euros.

¿Quiénes no están obligados a fallar?

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un coste de 22.000 euros anuales. Sin secuestro, este confín se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (a excepción de excepciones), o todavía cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el confín es de 14.000 euros anuales.

Igual que el año antecedente, siquiera estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, renta y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el confín conjunto de 1.000 euros, anejo con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Por otra parte, se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Reducido Básico deben presentar la explicación, de acuerdo con la norma que establece el ingreso.

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