Un juzgado abre una causa por el crimen de una anciana a manos de otra en la residencia de Chiva


El Audiencia de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Requena (Valencia), en funciones de vigilancia, ha campechano una causa por el crimen de una anciana de 96 primaveras supuestamente a manos de otra usuaria en una residencia de la tercera tiempo ubicada en la plaza valenciana de Chiva.

El procedimiento se ha campechano a raíz del fallecimiento de la anciana para la maña de la necropsia y otras diligencias encaminadas al esclarecimiento de los hechos, según han confirmado fuentes del Tribunal Superior de Equidad de la Comunidad Valenciana.

El suceso tuvo oficio este martes por la perplejidad cuando, según ha informado la Vigilancia Civil, una anciana de 92 primaveras supuestamente asfixió a su compañera de habitación, de 96, por causas que no han trascendido.

La Vigilancia Civil está investigando las causas del homicidio y ha destacado la vulnerabilidad de la víctima, tanto por su destacamento tiempo como por el momento en el que se produjeron los hechos.

Fueron responsables de la residencia pública las que alertaron a los agentes del fallecimiento de la residente en extrañas circunstancias. Una empleada avisó del suceso tras percatarse de que una interna estaba sin vida cuando entró en la habitación para prepararles la receta.

Según han explicado a Europa Press fuentes judiciales, la tiempo no es un impedimiento para entrar en prisión aunque sí las circunstancias relativas a su salubridad mental. Así, en este tipo de casos lo regular es que la considerada presunta autora sea examinada por un médico forense para determinar si padece algún tipo de problema mental o trastorno.

Puede darse la circunstancia de que ya tuviera un dictamen médico que se podría aportar al procedimiento. Según ha renovador Oriente-EMV, la anciana de 92 primaveras podría sufrir una demencia senil.

En el caso en el que la mujer fuera considerada una persona capaz podría ser detenida e ingresar en prisión preventiva a la retraso de causa para encargarse su responsabilidad penal y civil.

Si, por el contrario, el médico forense determinara que la mujer no está en condiciones de asistir a ningún causa, se archivaría el procedimiento penal y se adoptarían, en su caso, medidas civiles.

En el caso de presentar algún trastorno pero sin calar a invalidar de forma completa su capacidad, se le podría aplicar alguna medida como seguir con el internamiento en residencia o algún tipo de control en el centro a la retraso de concluir con la investigación y de celebrar el causa.

Sería durante la aspecto cuando la mujer -a través de su representante legal- podría alegar la eximente completa o incompleta por enfermedad y evitar el internamiento en centro penitenciario. No obstante, no se le eximiría de algún tratamiento y de la responsabilidad civil.

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