Todo ocurrió entre los abriles 2010 y 2013 cuando la chica tenía entre 14 y 17 abriles y mientras estudiaba cuarto de la ESO y primero y segundo de Bachillerato. La adolescente conoció al cura durante un alucinación escolar al Camino de Santiago. En el venidero curso, el hombre pasó a ser su director espiritual. En los tres abriles siguientes, el sacerdote cometió los abusos en encuentros que mantenía con la adolescente como director espiritual, en los que les decía que lo hacía todo “en nombre de Jehová”. Las fechas concretas de cada atropello no se han podido precisar con exactitud.
Se sometió “por el rol, casi parental” que el cura asumió
Lo que recogen los magistrados es que la chica se sometió “por el rol, casi parental” que el cura asumió frente a ella, por el respeto y incluso por la confianza que ella tenía cerca de él en su condición de director espiritual y sacerdote, así como por la manipulación a la que la sometía, al explicar sus actos como poco que resultaba querido por Jehová y por la consideración honrado y sabido que el hombre tenía en el ámbito sabido y escolar de la chica.
La chica fue sometida a un exorcismo
En la sentencia se recoge que la chica fue sometida a un exorcismo en la casa del acentuado, ya que habría dicho a la religiosa de la víctima que sus afecciones se debían a la influencia del demonio. Los abusos dieron circunstancia a que la víctima necesitara ser hospitalizada en diferentes ocasiones. Igualmente recoge que la religiosa de la víctima y el sacerdote tuvieron una relación sentimental de cinco meses.
El Supremo no comparte “que, en interpretación que hace el recurrente, se dedique a enunciar lo que considera contradicciones en distintas versiones dadas por la víctima, porque en presencia de un calvario como el que tuvo que suceder la adolescente durante tantos abriles como lo tuvo que padecer, lo increíble hubiera sido una coincidencia exacta”. “La experiencia de la vida nos enseña que, si acertadamente la esencia de un acontecimiento puede recordarse en lo que el acontecimiento deja traumatizado, no siempre se es capaz de recapacitar cada detalle o secuencia puntual de ese pasado, más cuando ha transcurrido determinado periodo de tiempo”, señalan los magistrados.
Entre tanto, la Sala destaca que el TSJ de Castilla-La Mancha, que vio el afirmación de la víctima, descarta contradicciones o dudas resaltables en la chica, quien añadió detalles “reveladoresde un suplicio difícil de inventar“.
Indemnización de 100.000
Sobre la indemnización de 100.000 euros, el Supremo replica al condenado que “hasta podría quedarse corta”, una vez conocido el “sufrimiento padecido tan extenso en el tiempo y humillante y vejatorio trato al que la sometió y las muy graves consecuencias que tuvo para la lozanía física y mental de la adolescente”.
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