Aragn, primera CCAA que tambin recurrir la amnista desde su parlamento autonmico


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Todas las comunidades autnomas en las que gobierna el PP planean ya fortuna de inconstitucionalidad a la Ley de Amnista aprobada este jueves. Esos fortuna los exponer cada uno de los gobiernos regionales frente a el Tribunal Constitucional (TC) en cuanto entre en vigor la norma.

Pero la Ley orgnica del Tribunal Constitucional, en su artculo 32, habilita tambin a los parlamentos autonmicos a interponer fortuna de inconstitucionalidad “contra las leyes, disposiciones o actos con fuerza de Ley del Estado que puedan afectar a su propio mbito de autonoma”.

Y, segn ha sabido este diario, el primero que lo va a hacer es el Parlamento aragons. El PP de Jorge Azcn va a padecer al pleno de las Cortes de Aragn esta iniciativa, que saldr con el apoyo de su familia y de Vox. Aragn ser, por consiguiente, la primera en interponer no uno sino dos fortuna frente a el TC.

Pespunte con la mayora absoluta de la cmara para que el petición logre la bendicin, pero el PP quiere sumar a su causa a Teruel Existe y, sobre todo, quiere “retratar” el nivel de “coherencia” de los socialistas. Los ‘populares’ quieren que esa votacin sirva para pelear con el PSOE aragons y pulsar la traslacin a los hechos del discurso crtico que mantiene su lder, Javier Lambn, contra la amnista.

Lambn ya no es parlamentario regional, sino senador, pero sigue siendo secretario normal de los socialistas aragoneses y tiene an una influencia directa sobre sus correligionarios. Hay que rememorar que el PSOE le ha franco un expediente disciplinario por ausentarse en la votacin que se llev a agarradera en la Cmara Adhesión sobre la Ley de Amnista. Se enfrenta a una multa de hasta 600 euros.

La presentacin del petición de inconstitucionalidad se producira despus de obtener el aval de los letrados de las Cortes de Aragn. En un mensaje al que ha accedido este diario, aseguran que “la amnista no se recoge en la Constitucin de 1978 expresamente por voluntad deliberada de los constituyentes y, suponiendo como supone la exclusin de la antijuridicidad de una serie de acciones y la derogacin con bienes retroactivos de la ley penal, debera contemplarse en ella para poder ser aplicada”.

Por eso mismo, consideran que “antiguamente de aprobar una amnista en nuestro pas, sera necesario rehacer la Constitucin para prever que las Cortes Generales pudieran concederlas o para contemplar que pudiera hacerlo el Rey, previa autorizacin de aquellas mediante ley”. Es sostener, se requiere “un registro constitucional intencionadamente” de esta figura.

En qu afecta la amnista al mbito competencial de Aragn? Porque ste es un requisito procesal claro para poder acudir al TC desde el parlamento autonmico. “En este caso, el inters institucional de las Cortes de Aragn en la defensa de la igualdad de los ciudadanos aragoneses que se entiende vulnerada con la aprobacin de esta Ley Orgnica y en la defensa del mantenimiento del maniquí constitucional de Estado del que la Comunidad Autnoma de Aragn es deudora, como lo es la catalana”, arguyen los letrados de la Mesa de las Cortes.

Un ltimo argumento que aporta el mensaje con rotundidad es ste: “Es difcil sostener que la situacin creada en Catalua en los ltimos aos fruto del proceso separatista sea ajena al conjunto de Comunidades Autnomas habida cuenta que lo que se encuentra en placer es un pretendido nuevo maniquí de Estado sin una parte de su condado, vecino colindante por cierto de la Comunidad Autnoma de Aragn, y que lo que se invoca para documentar la amnista es el objetivo de la normalizacin institucional, social y poltica”.

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