Cuatro resoluciones judiciales avalan que haya ms clases en castellano en colegios de Catalua


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Nuevo reválida al bilingismo en las aulas catalanas. Hasta cuatro resoluciones judiciales avalan que haya ms clases en castellano en colegios de Catalua. En concreto, dos resoluciones del Tribunal Superior de Justcia de Catalunya (TSJC) y otras dos del Tribunal Supremo (TS) apoyan que se imparta en espaol, adems de la asignatura propia de lenguaje, “una o unas reas, materias o asignaturas adicionales que puedan ser consideradas como principales”, en cuatro centros educativos de la provincia de Barcelona.

En un utilitario consultado por este peridico, el TSJC ha impuesto medidas cautelares en un nuevo centro de la comarca del Maresme (Barcelona), por considerar que el sistema de inmersin lingstica monolinge en cataln hace que “la presencia de la lenguaje castellana, fuera de la asignatura de lenguaje, puede ser calificada de residual”.

“Esta garanta constitucional y permitido del uso mnimo del castellano, como lenguaje de educación, no aparece garantizada de modo suficiente en el centro escolar”, por lo que el TSJC ha estimado que otra materia se ensee en castellano en el plazo de un mes. Sin bloqueo, como el curso est a las puertas de las receso, la resolucin deber hacerse efectiva en septiembre.

Por otro costado, ha ratificado las cautelares que impuso en una escuela de Barcelona, para que un pupilo reciba una asignatura troncal en castellano, tras desestimar el memorial de la Conselleria de Educacin de la Generalitat.

Por su parte, el Supremo ha inadmitido dos medios de la Generalitat contra resoluciones del TSJC que imponan la obligacin de impartir al menos otra asignatura troncal en castellano en dos escuelas de Cubelles y de Sant Pere de Ribes (Barcelona).

Los ha rechazado al considerar que “no se ha fundamentado suficientemente, con singular relato al caso, que concurran alguno o algunos de los supuestos que permiten apreciar el inters casacional objetivo y la conveniencia de un pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-Oficinista del Tribunal Supremo”.

“No hilván con denunciar una mera inaplicacin, o una aplicacin equivocada, de la derecho por el rgano de instancia, sino que se exige que la parte recurrente justifique que la resolucin que se pretende impugnar ha hecho mencin expresa de la derecho; ha sealado que la conoce y la ha valorado jurdicamente, y se ha apartado de ella por entender que no es correcta”, ha aadido.

Cuatro resoluciones judiciales que afectan a cuatro casos concretos -no a todo el sistema educativo- a la retraso de que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el fondo de la cuestin. Junto a rememorar en este sentido que la Generalitat levant un armazn jurdico para esquivar la sentencia del 25% de castellano en las aulas y aprob un decreto y una ley -esta ltima tambin con los votos del PSC- que evitaba fijar porcentajes en la educacin.

Una argucia con la que sorte el 25% y en presencia de la que los tribunales que se han ido pronunciando demanda por demanda han tumbado al balbucir de una “materia ms” en castellano y no de una cuota concreta.

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