Un comité municipal regulará el vuelo de drones sobre Madrid


Antes de lanzarnos a un futuro en el que los drones sobrevolen la ciudad para transportar mercancías y personas, hay que establecer las reglas del juego. Y el Madrid ya ha movido ficha. Este jueves, en la Junta de Gobierno semanal, el ayuntamiento de la capital aprobó la creación de una Comisión de Movilidad Aérea Urbana, la primera de este tipo en España. La misión de este organismo municipal, contemplada en la ordenanza de Movilidad Sostenible (vigente desde septiembre de 2021), es diseñar un marco regulatorio para los sistemas aéreos no tripulados o UAS, por sus siglas en inglés.

Aunque ya existe una regulación europea sobre el uso de drones desde diciembre de 2020, el Ayuntamiento de Madrid aspira a tener una normativa específica para la ciudad, una ciudad con alta afluencia de aviones en la que muchos espacios están prohibidos a estos dispositivos. “Pensamos que es un reto de futuro pero ya está aquí, y tenemos que tener los pilares normativos”, ha anunciado este jueves el concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, en la rueda de prensa posterior al Gobierno. Junta. .

La comisión será un órgano colegiado consultivo del ayuntamiento y estará representada por el citado ayuntamiento, la Policía Municipal, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Seguridad Aérea del Estado. Agencia y Comunidad de Madrid. Se reunirá al menos cada seis meses y se constituirán grupos de trabajo permanentes, a imagen y semejanza de otras comisiones municipales, dedicados a las tareas de análisis, estudio y elaboración de propuestas concretas.

La normativa actual

Con esta iniciativa, Madrid participa en el proyecto comunitario Unmanned Traffic Management (UTM) para la gestión del tráfico no tripulado, que desde 2017 establece un conjunto de métodos, procesos y herramientas para coordinar el tráfico de drones. Si bien esta regulación, así como la planificación y gestión del espacio aéreo, son competencias exclusivas del Estado, el marco europeo atribuye a Madrid, por su condición de capital, funciones de participación propias. La futura Comisión de Movilidad Aérea Urbana profundizará en estas competencias.

Desde hace tres años existe una serie de normativas que afectan a todos los drones, independientemente de su uso (lúdico o profesional) y de su tamaño o peso. según recoge la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en su página web. El primer requisito para cualquier usuario que se proponga pilotar un dron es registrarse como operador en la sede electrónica de AESA, donde obtendrá un número que deberá mostrar de forma visible en su dispositivo.

En segundo lugar, es esencial “un mínimo de formación acreditable”. Para los pilotos de drones que no superen los 250 gramos (denominada categoría abierta porque entraña menor riesgo), basta con superar un examen online gratuito y obtener el certificado online de AESA. En el caso de dispositivos de mayor tamaño (riesgo medio o alto), los usuarios deberán realizar cursos de formación en profundidad. También es necesario contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros, aunque no es obligatorio cuando se trata de drones de juguete.

El resto de requisitos para pilotar dispositivos no tripulados varían en función de las características del dron y del lugar donde se quiera utilizar. Existen limitaciones en algunos espacios, por ejemplo, alrededor de aeródromos, en zonas militares o medioambientalmente protegidas, junto a infraestructuras críticas… En cualquier caso, estos son los principios básicos: un dron nunca debe superar los 120 metros de altura. y su piloto nunca podrá perderlo de vista.

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