La amnistía entra en vigor y abre la puerta al regreso de Puigdemont


Felipe VI firmó a última hora de este lunes la ley de Condonación en el Palacio de la Zarzuela. Hasta aceptablemente entrada la tarde, continuaba con normalidad su dietario de trabajo y mantenía una audiencia con el Miltrado de Valladolid y presidente de la Conferencia Obispal Española, Javier Argüello García, quien llegó a las dependencias de la Casa de S.M. el Rey poco antaño de las seis y media de la tarde.

Según pudo enterarse torrevieja news today, el texto de la ley de Condonación ya se encontraba en ese momento sobre la mesa del despacho de Felipe VI, a la paciencia de que el Rey sancionase la nueva norma, que permitirá que el desafío secesionista del ‘procés’ quede impune para todos sus instigadores.

Las mismas fuentes consultadas explicaron que Don Felipe sancionaría la ley cuando ésta se encontrase en el Palacio de la Zarzuela y él la hubiera culto. Una vez sancionada ya se ha publicado este martes en el BOE.

En ese mismo escritorio de su despacho, el Rey tenía igualmente un ejemplar de la Constitución Española, que no suelta nunca y sigue a rajatabla, consciente de que debe cumplir sus funciones al frente de la caudillaje del Estado sin facultades ejecutivas y de capacidad de mando, más allá del poder que le otorga como superior supremo de las Fuerzas Armadas.

En su artículo 91 –del título III, de las Cortes Generales–, la Carta Magna establece que el Rey «sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación». En este caso, Don Felipe sancionó la ley de Condonación en plazo: a los merienda días de sobrevenir superado el final trámite tras ser votada en el Congreso de los Diputados. Según establece la Constitución, la publicación de la norma será «inmediata», por lo que podría salir en las próximas horas.

El regreso del prófugo

Una vez sancionada, continúan las incógnitas sobre el regreso de los fugados, entre ellos, el expresidente de la Generalitat y presente candidato de Junts Carles Puigdemont. «Con el calendario electoral en la mano, podré estar en el debate de investidura». Esto fue lo que manifestó el prófugo durante la campaña de los comicios autonómicos. Ahora, una vez permitido el olvido penal, una de las posibilidades que baraja es la de reaparecer antaño en el Parlament, tal y como detalló este diario. La intención sería agenciárselas un conmoción de propósito, más si cerca de tras perder dos eurodiputados en la contienda de este pasado domingo. En todo caso, desde Junts remiten a lo anunciado por el propio ‘expresident’, con lo que podría retornar a España el próximo 25 de junio, época tope para que la Cámara catalana proponga candidato a presidir el Govern, a posteriori de la constitución ayer de la Mesa.

Sobre Puigdemont pesan dos causas judiciales relacionadas con el ‘procés’, a la que se podría sumar una tercera –por la que no está formalmente imputado–, la de la denominada trama rusa, que instruía el sentenciador Joaquín Aguirre hasta que, hace unos días, la Audiencia de Barcelona anuló la prórroga de las pesquisas, por lo que ahora el magistrado debe arriesgarse si decreta el sobreseimiento de la misma o eleva la causa al Tribunal Supremo; víscera competente para investigar a Puigdemont. Podría hacerlo, adicionalmente, por entrada traición, por sus supuestos contactos con el Kremlin para conseguir la independencia de Cataluña; delito que no contempla la gracia.

Ese mismo tribunal, en este caso el magistrado Pablo Llarena, es el que procesó a Puigdemont por malversación agravada y desobediencia, tras la reforma del Código Penal, que suprimió el delito de sedición. Por otra parte, la magistrada de la Sala de lo Penal Susana Polo igualmente lo investiga por terrorismo, inmediato al diputado del Parlament Rubén Wagensberg, en el llamado caso ‘Tsunami Democràtic’, por las protestas que convocó la plataforma tras la condena a los líderes del 1-O.

Una vez la ley se publique en el BOE, serán los propios jueces los encargados de retirar las medidas cautelares y las órdenes de detención que estén vigentes contra aquellos que contemple el olvido penal. Sobre Puigdemont pesa una, la emitida por Llarena. Por lo que, en caso de regresar a España antaño de su eventual retirada, sería detenido. El plazo que fija la ley para esa tramitación «urgente» es de un mayor de dos meses. La clavo reside en la tramitación procesal de cada una de las causas. Entre las opciones, adicionalmente de su posible aplicación inmediata –el texto recoge que su objetivo es zanjar con los procesos judiciales que afectan a aquellos que «participaron en el proceso independentista»–, igualmente está que el sentenciador competente planteé una cuestión prejudicial en presencia de el Tribunal de Imparcialidad de la Unión Europea (TJUE), que suspendería los mercancía de la ley.

Mecanismo al que pueden apelar los tribunales de un Estado miembro cuando albergan dudas sobre la aplicación de una norma. Pero, aunque los magistrados que instruyen las causas contra Puigdemont optasen por esta opción, no impediría que quedasen sin propósito las órdenes de búsqueda u otras cautelares.

Otra posibilidad, compatible con la previo, sería que los togados afectados por la aplicación de la gracia presenten una cuestión de inconstitucionalidad en presencia de el Tribunal Constitucional. Por otra parte, el Supremo podría considerar, tal y como ya apuntaron los fiscales del ‘procés’, que el olvido penal no es aplicable al delito de malversación por el que ya condenó a algunos de los líderes del 1-O y que atribuye igualmente a Puigdemont. En ese caso, Llarena podría continuar con la instrucción, sin apelar ni al TJUE ni al TC.

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