El Supremo mantiene la orden de detención a Puigdemont ‘pese’ a la Ley de Amnistía



El sentenciador instructor del procés en el Tribunal Supremo (TS), Pablo Llarena, ha concertado surtir la orden franquista de detención que pesa sobre Carles Puigdemont. La aviso se conocía esta mañana de martes luego de que se haya publicado la ley de indulto en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En la providencia en la que acuerda dicha medida, el instructor da un plazo de cinco días a la Fiscalía y a las defensas para que informen sobre la aplicabilidad de la indulto a los distintos hechos que se atribuyen no solo a Puigdemont, sino además a los exconsejeros Antoni Comín y Lluis Puig y la secretaria común de ERC, Marta Rovira.

De momento, Llarena ordena que se comunique a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que “continúan vigentes y activas las órdenes nacionales de detención” de Puigdemont, Comín, Puig y Rovira. Y avisa de que, por ello, “deben proceder a su cumplimiento mientras esas decisiones no sean judicialmente modificadas o revocadas”.

Se mantiene la inhabilitación de Junqueras

Por su parte, el tribunal de la Sala de lo Penal que juzgó la causa del procés ha dictado una providencia en la que da traslado además a la Fiscalía, a Vox –como incriminación popular– y a las defensas del exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa para que presenten alegaciones a la aplicación de la ley de indulto en sus asuntos respectivos.

Los magistrados recuerdan que la ley de indulto señala que “sólo podrá entenderse amnistiado un acto determinante de responsabilidad penal (…) cuando así haya sido evidente por resolución firme dictada por el víscera competente para ello con arreglo a los preceptos de esta ley”.

Así, se mantienen de momento las penas de inhabilitación que pesan sobre Junqueras, Romeva, Turull y Bassa consecuencia de sus respectivas condenas por malversación y desobediencia.

Adicionalmente, la magistrada instructora del ‘caso Tsunami Democràtic’, Susana Polo, da traslado a las partes personadas para que en 10 días “informen sobre la aplicabilidad o inaplicabilidad de la norma” a los distintos hechos que en la presente causa se atribuyen a Puigdemont y al diputado electo de ERC Rubén Wagensberg.

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