Estos son los coches que tendrán prohibido circular por la M-40 de Madrid en 15 días: hacerlo conllevará multa


La circulación de coches en Madrid sigue adaptándose a las nuevas restricciones impuestas por el Consistorio para restringir el dióxido de ázoe fijado por las regulaciones comunitarias y nacionales sobre la calidad del flato. El pasado 1 de enero de 2024 se prohibió el entrada a los vehículos sin marbete ambiental o con clasificación ambiental A por todas las vías públicas y urbanas del municipio que engloban las zonas de bajas emisiones (ZBE).

Hasta ahora, aquellos que incumplían la norma de circular en los límites marcados entre la M-30 y la M-40 tan sólo recibían una carta informativa y no la beneplácito pertinente. Sin bloqueo, seis meses a posteriori, estas limitaciones al tráfico siguen ampliándose con la conclusión del periodo de preaviso, que llega a su fin este 30 de junio.

A partir de este próximo 1 de julio, las multas por circular por Madrid con turismos con clasificación ambiental A no empadronados en Madrid y que no paguen el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) ya serán en firme. No podrán entrar a la M-30, pero siquiera a algunas zonas de la M-40; concretamente, a las expectativas en algunos tramos de esta autopista de circunvalación que pertenecen al municipio de Madrid.

Hasta 200 euros de multa por circular por la M-30 y la M-40 de Madrid

Desde el 1 de julio de 2024, estos vehículos sin marbete ambiental podrán ser denunciados y sancionados si son detectados por los agentes de la autoridad que controlan el tráfico o por las cámaras instaladas entrando en el municipio de Madrid. Asimismo en algunas zonas de la M-40, especialmente en aquellas expectativas de la carreteras que permitan entrar en la haber.

La beneplácito impuesta en la reforma de la Ley de Tráfico del 21 de marzo de 2022 es de 200 euros y será la misma para todos los accesos indebidos en todas las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de los ayuntamientos.

Asimismo, al igual que otras, esta de 200 euros multa admitirá el descuento del 50% por pronto plazo, por lo que si la abonas en los primeros 20 días desde que te llega la notificación te beneficias de esa deducción de 100 euros. Cerca de recapacitar que esta beneplácito no supone la retirada de puntos del carnet de conducir.

Los coches sin marbete que no podrán circular por la M-40

Será este próximo 1 de julio cuando los vehículos de categoría A, sin distintivo ambiental, serán sancionados por lograr a la M-30 y alrededores de Madrid. Al murmurar de aquellos que no tienen marbete ambiental, estaríamos hablando de coches de gasolina matriculados ayer del año 2000, y coches diésel anteriores al año 2006.

Sin bloqueo, adicionalmente de aquellos coches con distintivo ambiental (marbete B, C, ECO y CERO Emisiones), existen una serie de excepciones que sí permiten que algunos vehículos sin marbete puedan lograr a la M-30 y alrededores sin ser sancionados. Podrán hacerlo aquellos que estén empadronados en la ciudad de Madrid y que paguen IVTM, los vehículos sin marbete que no sean turismos, aquellos empleados para el traslado de personas con movilidad limitada y los que tengan consideración de históricos.

  • Vehículos que, a data el 1 de enero de 2022, estén domiciliados en la ciudad de Madrid y paguen el impuesto de Circulación, y cumplan estos dos requisitos hasta el 31 de diciembre de 2024

  • Los vehículos sin marbete que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores)

  • Vehículos que se utilicen para el traslado de personas con movilidad limitada, o cuyo titular sea una persona con minusvalía (deben estar registrados en el sistema de diligencia de accesos a Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y disponer de la plástico de estacionamiento para personas con movilidad limitada)

  • Los vehículos que tengan la consideración de históricos, según está establecido en el Reglamento de Vehículos Históricos

Está previsto que esta norma se extienda a partir del próximo 1 de enero de 2025, cuando sólo podrán circular por el término municipal de Madrid los vehículos que tengan la consideración de históricos, los vehículos para personas con movilidad limitada o cuyo titular sea una persona con minusvalía y los vehículos de emergencias y de las Fuerzas Armadas.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *