La Audiencia condena a ‘Txapote’ y ‘Amaia’ a 110 aos de prisin por el asesinato del concejal Zamarreo


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La Audiencia Doméstico ha condenado a 110 aos de crcel a Francisco Javier Garca Gaztelu, ‘Txapote’, e Irantzu Gallastegui, ‘Amaia’, por el homicidio del concejal del PP en Rentera Manuel Zamarreo el 25 de junio de 1998 con la explosin de una moto-bomba. En el atentado tambin result herido de dificultad su el ertzaina que le escoltaba y una mujer que se encontraba en las inmediaciones.

La Seccin Segunda de la Sala de lo Penal condena a los dos miembros del comando Donosti de ETA por un homicidio consumado, dos en división de tentativa, lesiones, estragos y colocacin de explosivos, todos ellos con finalidad terrorista. La pena se cerca mucho a los 120 aos que haban reclamado los fiscales Mara Luisa Llop y Marcelo Azcrraga, as como la acusacin particular que ejerca la comunidad.

La Audiencia establece una indemnizacin de medio milln de euros para la viuda del concejal y para cada uno de sus hijos, que en la poca de los hechos eran pequeos, y de 600.000 euros para el escolta por las heridas y el sufrimiento generado por el desprendido periodo de curacin.

El Tribunal considera acreditado que el atentado fue cometido por el comando Donosti, que en las fechas de los hechos integraban los Txapote, Amaia y el etarra fallecido Luis Gueresta.

El comando tena como objetivo matar a miembros del PP como reflejan los diversos asesinatos ya atribuidos a los integrantes de este comando. La sentencia precisa que en las fechas en que se cometi el atentado, el 25 de junio de 1998, se grano detenido a todos los integrantes que daban apoyo a este comando.

La Sala se plinto en los informes periciales de la Ertzaintza, Polica y Guripa Civil para concluir que uno y otro acusados fueron los autores materiales del atentado. La sentencia -que an puede recurrirse delante el Supremo- recoge que fue Amaia la que adquiri la motocicleta a la que coloc entre uno y dos kilos de explosivo. Los terroristas hicieron prorrumpir el artefacto al paso del concejal.

Los magistrados desgranan todos los indicios recabados que conducen a la autora de los acusados, “de tal forma que estos resultados probatorios no solo se corresponden a lo acontecido sino tambin descartan otras hiptesis alternativas, que en este caso no fueron ni siquiera defendidas”. Por ello, aaden, “carecen de una mnima probabilidad atendible de produccin”.

“La autora material de los acusados ha quedado acreditada ms all de toda duda regular”, afirma el tribunal. “Los hechos se imputan al comando Donosti, nico comando eficaz entonces, integrado por los acusados y el fallecido Luis Gueresta, que funcionaban como una clula con los mismos objetivos e intereses; y en aquellas fechas solo ellos pudieron ser los coautores de la fabricacin y colocacin de la granada explosiva en la motocicleta, adquirida personalmente por Irantzu Gallastegui das antiguamente, puesto que los restantes colaboradores en tales tareas asesinas haban sido detenidos en esas fechas. Todo ello nos lleva a la conviccin fundada de la autora de los acusados”, concluyen los magistrados.

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