Elevan a 40 años la pena máxima de cárcel para los tres ‘Bocanegra’ condenados por un tiroteo mortal en Torrent


La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Honradez de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha estimado en su anciano parte un solicitud de apelación de la Fiscalía y ha fijado en 40 primaveras el mayor de cumplimiento efectivo de las penas impuestas a un himeneo y su hijo -del clan de los ‘Bocanegra’- por asesinar a tiros dos hombres y herir a otro en el cementerio de la aldea valenciana de Torrent el 1 de noviembre de 2021.

La sentencia, que puede ser recurrida en casación delante el Tribunal Supremo, revoca parcialmente la dictada en diciembre del pasado año por la Audiencia Provincial de Valencia tras la celebración de prudencia con comisión popular.

La Audiencia impuso entonces a uno de los acusados y a su superiora, como autores de dos delitos de homicidio consumados y otro intentado sendas penas de 49 primaveras y medio de mazmorra, con un tope mayor de cumplimiento efectivo de 25 primaveras.

Por el contrario, impuso 21 primaveras al padre y marido, respectivamente, de los anteriores, por considerarlo en su caso cómplice y no coautor de esos delitos de homicidio. En los tres casos, las penas incluían además las correspondientes a un delito de tenencia ilícita de armas.

La sentencia de apelación emitida ahora confirma los 49 primaveras y medio de mazmorra para el hijo, quien efectuó materialmente los disparos, pero deducción hasta los 45 primaveras y 6 meses la condena a su superiora y eleva de 21 a 45 primaveras la del padre, al considerarlo coautor y no puro cómplice de los asesinatos.

Encima, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV corrige la sentencia de instancia por apreciar un error en la aplicación del artículo 76 del Código Penal y establece en 40 primaveras, en zona de los 25 fijados por la Audiencia, el mayor de cumplimiento efectivo de las penas de prisión para todos los condenados.

Respecto a las indemnizaciones para las víctimas y sus familiares, el valía total, cercano a los 568.000 euros, se mantiene por el Suspensión Tribunal valenciano, con la salvedad de resolver la responsabilidad civil conjunta y solidaria para los tres condenados.

Tal y como se ha ostensible probado, los hechos ocurrieron sobre las 10 horas del Dia de Todos los Santos de 2021, cuando el himeneo y su hijo se encontraron en el camposanto con otra grupo que a su vez tenía parientes lejanos con los que ellos habían tenido conflictos en el pasado.

Los acusados comenzaron a chillarles y a proferir expresiones amenazantes para que se marcharan del zona e incluso les llegaron a magullar con sillas y palos.

En un momento poliedro, la mujer ahora condenada sacó un armamento de fuego que llevaba oculta en un delantal y se la entregó a su marido para que disparara contra la otra grupo.

El hombre no llegó a efectuar ningún tiro porque el armamento se le cayó al suelo, pero su esposa la recogió y se la dio entonces a su hijo. Fue este extremo quien disparó finalmente a las víctimas, las cuales se encontraban desarmadas y sin posibilidad alguna de guarecerse.

Una de las balas causó la asesinato de un miembro de la grupo tiroteada y una segunda provocó lesiones en una pierna a otro. Encima, un tercer proyectil alcanzó a un hombre visible al altercado, que estaba en las proximidades visitando la tumba de su esposa, y provocó su fallecimiento.

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