La Audiencia Nacional inadmite la última denuncia de Podemos contra un carguero por llevar armas a Israel


La Audiencia Franquista ha inadmitido a trámite y archivado la denuncia que interpuso Podemos a principios del mes de mayo por la arribada de un carguero, el Vertom Odette, al que acusaron de transportar armas para Israel y que, finalmente, hizo escalera en Montenegro. «La atribución a una inconcreta autoridad española de una comisión por omisión de estos delitos no puede servir para considerar cumplido el requisito de que el procedimiento se dirija contra un gachupin. Esta pretensión es absolutamente rechazable desde varios puntos de panorámica», subraya el utilitario.

«Si no existe un delito de exterminación, lesa humanidad o crimen de eliminación [aquellos que tipificaba la denuncia presentada por Podemos] atribuido a la poder española, siquiera surge un deber forense, con trascendencia al ámbito del Derecho penal, que pueda dar extensión a la imputación por delito de omisión del deber de impedir delitos«, explica la resolución dictada por el sentenciador Francisco de Jorge.

La formación que dirige Ione Belarra apuntó primero al barco cuando este se dirigía al puerto de Cartagena y conminó al Ocupación de Transportes a detenerlo y revisar su carga. Una organización que ya ha empleado Podemos con otros buques en los últimos meses, marcando de forma clara su posición sobre la eliminación en la Franja de Lazo y pidiendo hacer un amenaza a Israel con el supuesto material agresivo que pasaría por España.

Poco que ya les jugó una mala pasada, llegando a confundir dos buques distintos. Uno que no se dirigía a este país y otro que sí, lo que finalmente provocó la denegación del tránsito por parte del Ocupación de Exteriores a todos los cargueros que se encuentren en esta situación y quieran transitar por España.

Ahora, el magistrado explica que el barco no tiene bandera española, así que lo sucedido en un buque extranjero no puede ser considerado como ocurrido en España sino como división extranjero. Para que el caso fuera competencia de España, aclara el escrito, el procedimiento debería dirigirse contra un gachupin, si perfectamente en la denuncia se atribuyen los delitos al «Gobierno de Israel» o al «Ejército de Israel», sin que aporte punto alguno para considerar que en ellos existe algún gachupin implicado en su comisión.

El titular del Auditoría central de Instrucción nº1, tras analizar los hechos, concluye, en segmento con lo solicitado por la a Fiscalía, que ni se ha dirigido imputación alguna contra ningún ciudadano gachupin implicado en delitos de exterminación, lesa humanidad o crímenes de eliminación, ni la función de las autoridades administrativas españolas puede calificarse de cooperación por omisión en tales delitos.

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