Absuelven a una joven de 19 años condenada a dos años y tres meses por mantener relaciones sexuales con un menor de 14


El Tribunal Superior de Equidad de Castilla y Arrogante ha revocado una sentencia condenatoria de dos abriles, nueves meses y un día de prisión que la Audiencia de Valladolid dictó contra una pollo de 19 abriles, G.J., por delito continuado de acometida sexual sobre su novio, de 14 abriles y de etnia gitana al igual que ella, con motivo de la relación de pareja mantenida por uno y otro pese a la concurso de las tribu de él y a resultas de la cual la condenada se quedó encinta.

En su sentencia, la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Castilla y Arrogante, con sede en Burgos, estima parcialmente el arbitrio de la condenada y le absuelve de la acometida sexual al considerar que se dan los presupuestos y requisitos para entender que la acusada y el último tenían una situación que justifica la exención plena de responsabilidad penal de la pollo en el delito de acometida sexual.

Argumenta que si uno y otro están próximos en el mejora o masculinidad física y psicológica, la diferencia de época no es excesiva ni impide la aplicación de tal exención, por lo que le ha absuelto de este delito.

La sentencia de segunda instancia absuelve además a la pollo del delito de inducir al último a dejarse llevar el domicilio acostumbrado, al no entender probado que ejerciera tal influjo -había sido condenada a otros seis meses de prisión- pero mantiene inamovible la multa de 1.620 euros que además había recaído sobre ella por delito de quebranto de medidas cautelares, según la información del Recibidor de Prensa del TSJCyL recogida por Ep.

En su sentencia, la Audiencia de Valladolid, frente a los doce abriles de privación de sencillez que había solicitado el fiscal, impuso el pasado mes de febrero a la encausada una condena de dos abriles, tres meses y un día de prisión por delito continuado de acometida sexual sobre un último de 16, otros seis meses de prisión por inducir a un último a dejarse llevar su domicilio acostumbrado y una multa de 1.620 euros por un tercer delito de quebranto de medidas cautelares, y todo ello inmediato con las preceptivas medidas de seguridad que le prohíben acercarse o comunicar con la víctima durante cinco abriles, así como sencillez vigilada e inhabilitación para cualquier profesión que suponga contacto directo con menores durante idéntico periodo de tiempo.

En su falta, el tribunal justificaba la condena en el hecho de que el consentimiento del último a la hora de perdurar relaciones sexuales «se tendrá como no válido y carente de validez jurídica, pues a causa de su minoría de época se encuentra en una situación de desigualdad madurativa que le impide atreverse autónomamente».

En el proceso, la defensa de la pollo alegó que uno y otro tenían una relación amorosa recíproca, recordó que los dos son gitanos y en su etnia es frecuente casarse con 13, 14 ó 15 abriles, en mención a que G. no veía a su novio como un nene, y que ella se quedó encinta y él quería seguir delante con el preñez, sin olvidar que ambas familias han llegado a un acuerdo por medio del cual la pollo puede ir a Segovia cuando quiera.

Los hechos se remontan a la auténtico relación de amistad iniciada por acusada, G.J.J, y el último tras conocerse en Segovia, donde residían, ya que ella estuvo previamente relacionada con un hermano de la víctima, dos abriles viejo que éste, por lo que la pollo sabía perfectamente que su nuevo amigo tenía una época cercana a los 15 abriles.

Lo que en principio fue una relación de amistad se tornó inmediatamente en cortejo desde el 17 de noviembre de 2021, a pesar de la concurso de la tribu del último habida cuenta de su época y del hecho de que G. había estado previamente casada. Cuando ella se trasladó a Valladolid a conducirse, la pareja siguió manteniendo contacto a través de Instagram, hasta el punto de que la pollo llegó a tatuarse la vencimiento en que uno y otro se conocieron.

En presencia de el deseo de conducirse juntos, Fiscalía sostenía que la pollo propuso al último que se trasladara igualmente a Valladolid para hacer vida en global, cosa que hicieron a partir del 16 de enero de 2022 en un calle que ella alquiló y en el que empezaron a hacer vida de pareja, con relaciones sexuales plenas incluidas.

En ese periodo, el último contactaba frecuentemente con su religiosa a través del teléfono para decirle que se había ido de casa de forma voluntaria, que quería a su pareja y que para mínimo había sufrido coacciones para marcharse de casa, si aceptablemente una semana posteriormente regresó a Segovia a casa de sus progenitores correcto a que les echaba mucho de menos.

Se hace sobrevenir por su tía

Fue entonces cuando, quince días más tarde, la inculpación pública sostenía que la pollo se desplazó hasta el instituto de Segovia donde el último cursaba estudios para, haciéndose sobrevenir por su tía, contactar con él en la puerta del centro educativo y pedirle, con éxito, que regresara con ella a Valladolid para reiniciar su relación de pareja.

Así, la pareja continuó haciendo vida en global en Valladolid en varias casas abandonadas, hasta que a primeros de febrero de ese año, como consecuencia de otra denuncia de la religiosa de él, la policía les localizó en una casa semiderruida y devolvió al último al domicilio acostumbrado en Segovia, tras lo cual se dictó la correspondiente orden de prohibición y comunicación entre los dos a instancias de los padres de la víctima.

Infectado de piojos y chinches

Sin bloqueo, a pesar de conocer dichas prohibiciones y ser consciente de sus consecuencias, la condenada volvió a convencer a su pareja pocos días posteriormente para retomar la plena vida en global en Valladolid, situación a la que puso fin el último el 24 de marzo de 2022 tras atraer a su tribu para que viniera a recogerle. El pollo retornó a su casa en Segovia infectado de piojos y chinches correcto a la insalubridad de los inmuebles en los que había habitado.

Pero la pareja volvió a juntarse el 30 de marzo de ese año cuando el último, inmediato con su novia y otros jóvenes, fue identificado por la policía cuando trataba de obtener a una vivienda en Valladolid y otro tanto ocurrió el 4 de abril cuando la condenada recogió a su pareja en Segovia tras haberle convencido una vez más de retornar con ella a la renta del Pisuerga, delante el anuncio que se encontraba encinta de él.

De hecho, uno y otro fueron localizados por la policía el 9 de mayo en el Centro de Sanidad Delicias II cuando esperaban una consulta en el Servicio de Obstetricia. El pequeño fue nuevamente llevado a casa de sus padres en Segovia por enésima vez.

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