Sanidad ‘anima’ a los médicos de más edad a continuar hasta los 70 años


El «compromiso» de profesionales que acusa el sistema váter ha llevado a la Acoplamiento de Castilla y Arrojado a cascar el abano de supuestos para autorizar a los médicos que quieran continuar en activo más allá de los 65 abriles y a «simplificar» los trámites con el objetivo de retener a estos sanitarios. La meta es que sigan los que puedan y quieran para que puedan colaborar, en la medida de lo posible, a calmar la escasez en determinadas especialidades. En todo caso, aquellos facultativos que deseen seguir en la profesión no podrán tener más de 70 abriles, tal y como marca la reglamento estatal.

El Boletín Oficial de Castilla y Arrojado (Bocyl) publicó ayer una nueva orden en la que argumenta que el objetivo es «certificar la actividad de prestación de los servicios sanitarios con la longevo validez y la continuidad asistencial». Añade, encima, que el Plan de Bienes Humanos de 2012, en el que aparece regulada la forma en la que se concede la prolongación del servicio activo, ha cumplido con «los objetivos» que se marcó entonces, pero ausencia tienen que ver ya con las micción actuales del sistema ni con el «compromiso estructural» que arrastran algunas áreas.

Siquiera se ajusta, indica la orden, a los cambios de la época de compensación forzosa introducida por la reglamento en materia de Seguridad Social, al aumento de la esperanza de vida o a la «situación problemática coetáneo» del Servicio de Salubridad de Castilla y Arrojado.

Por ello, el nuevo documento establece las micción organizativas y asistenciales que en la hogaño «exigen» la autorización del servicio activo. Así, incluye como tales la «obligación de profesionales en la categoría a nivel entero en la Administración Regional de Salubridad de Castilla y Arrojado por la imposibilidad de cobertura, por los procedimientos de selección y provisión de personal fijo o temporal establecidos legalmente, de la plaza vacante derivada directamente de la compensación del interesado o de cualquier otra plaza que, siendo de la misma categoría y consecuencia de la compensación, resulte vacante».

Encima, se tendrá en cuenta la «conveniencia» o interés en la continuidad del personal interesado por «la relevancia de las técnicas sanitarias que realiza o de los proyectos de investigación o de interés clave para la estructura asistencial» que lidere y se estén ejecutando, así como «la especificidad de las funciones que realiza o el perfil profesional especialmente cualificado que presenta». A todo esto se suma el requisito indispensable de tener las capacidades suficientes para poder continuar en el puesto. Inmediato a esta ampliación de los supuestos, se añade el apartado de «simplificación» de la tramitación de la solicitud en presencia de las «dificultades» en la resolución de las peticiones, con el fin de disminuir las «cargas» administrativas a los interesados y reponer a las micción de profesionales con la máxima «celeridad».

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