La juez del Tribunal Supremo propone juzgar a Baltar por un delito contra la seguridad vial



La togado del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha propuesto sentenciar al senador del PP José Manuel Baltar por un delito contra la seguridad viario por presuntamente conducir un coche a 215 kilómetros por hora en la autovía A-52 en un tramo en el que la velocidad máxima era 120 kilómetros por hora.

En un automóvil, la instructora ha donado traslado de las actuaciones al Servicio Fiscal para que, en el plazo de 10 días, solicite la tolerancia del madurez hablado formulando escrito de denuncia o el archivo de la causa.

La magistrada sostiene que, aún aplicando el ganancia de error del 5% que establece la norma sobre control metrológico del Estado, el resultado arrojado es de 204 kilómetros por hora, lo que sigue estando por encima de la velocidad máxima permitida en ese tramo de la autovía.

Ferrer concluye que los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la seguridad viario, que el Código Penal castiga con pena de prisión de tres a seis meses, con la de multa de seis a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. En cualquier caso, apunta, si fuese condenado se le quitaría el carnet de conducir de 1 a 4 abriles.

Baltar negó los hechos

La magistrada adopta esta valor luego de que el Senado aprobara el suplicatorio y de que Baltar compareciera voluntariamente en presencia de el Supremo el pasado 19 de diciembre para desmentir que condujera a esa velocidad. “No existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora”, dijo su abogado, Ramón Montero, en declaraciones a la prensa.

Los hechos por los que se investiga al senador `popular` se remontan al 23 de abril de 2023, cuando fue interceptado, según el crónica definitivo de la Cuidado Civil de Tráfico, a 215 kilómetros por hora en la A-52, a su paso por Asturianos (Zamora), al volante de un coche de la Diputación de Ourense.

Antaño de que el caso llegara al Supremo, el Servicio Fiscal presentó en presencia de los juzgados de Galicia un escrito de denuncia contra Baltar considerándolo autor de un delito contra la seguridad viario, en la modalidad de conducción de vehículos a motor a velocidad superior a la legalmente permitida del artículo 379.1 del Código Penal.

La Fiscalía pidió una pena de seis meses de multa a razón de cuota diaria de 10 euros, lo que se traduciría en unos 1.800 euros. El Servicio Divulgado incluso reclamó un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores para el dirigente del PP.

El auditoría de instrucción acordó la tolerancia del madurez hablado contra Baltar por hechos supuestamente constitutivos de un delito de conducción de velocidad. Pero, una vez acreditada la condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, se inhibió y envió las actuaciones al Supremo.

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