El TSJC absuelve a una mujer denunciada por contagiar de VIH a su pareja en Tenerife


La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Rectitud de Canarias (TSJC) ha desestimado el memorial de apelación interpuesto por un hombre contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que absolvía a su expareja, acusada de transmitirle el VIH al tener relaciones sexuales sin protección y ocultarle su condición de seropositiva.

La sentencia, hecha pública este viernes, incide en que no hay pruebas concluyentes de que la mujer haya contagiado a su expareja con el virus y se ampara en los tres argumentos esgrimidos por la Audiencia Provincial para discurrir la absolución.

«No son ilógicos ni irracionales y no aparecen desvirtuados por evidencias científicas ni máximas de experiencia. Ninguna actividad ha sido desplegada en tal sentido por las partes acusadoras», recoge la sentencia.

Así, destaca concretamente que la víctima mantuvo una relación con otra persona y «nulo descarta» que le hubiera podido contagiar, que el hecho de contar con un exploración placa en mayo de 2018 (ayer de iniciar la relación) «no descarta que el contagio no hubiese acaecido con antelación a esa momento habida cuenta de que el virus puede tardar varias semanas en desarrollarse» y que yerro un exploración filogenético que lleve a afirmar «sin ningún atisbo de dudas» que el hombre fue contagiado por su pareja.

Al hombre le fue detectado el virus en 2019 luego de persistir la relación con la mujer, que nunca le comunicó que era portadora del virus y justificaba los medicamentos que tenía en su casa para tratar una enfermedad renal, si perfectamente en el seso hablado dijo que conocía de su situación desde 2014 y se la comunicó a su novio.

La Fiscalía, que se adhirió al memorial de la imputación particular y pidió la revocación de la sentencia, solicitaba una pena de nueve primaveras de prisión por un delito de lesiones y una indemnización de 30.000 euros.

Contra la sentencia, que no es firme, junto a interponer memorial de casación en presencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *