el juez Militar Central anula las primeras declaraciones del capitán, teniente y sargento investigados


El Auditoría Togado Marcial Central número 2 con sede en Madrid dictó este lunes tres autos, a los que ha tenido paso torrevieja news today Córdoba, en los que tomó decisiones trascendentales respecto a la causa instruye por el fallecimiento de dos militares, un soldado y un lugar, en un entrenamiento de entrenamiento del cruce de un albufera el pasado 21 de diciembre en la almohadilla marcial de Cerro Muriano (Córdoba) cuando las temperaturas eran de cero grados. Entre las decisiones adoptadas en las resoluciones, la más importante fue la anulación de las declaraciones que se tomaron a los principales investigados en la causa.

Encima, el entraña instructor de la causa de la crimen de los dos militares en Cerro Muriano asimismo acordó este lunes el rechazo de los posibles presentados por las partes que tenían el objetivo de ampliar de forma sobresaliente el número de testigos a los que se tomaran proclamación en la tino hablado.

Por extremo, el Auditoría Togado Marcial número 2 asimismo adoptó la intrepidez, mediante un tercer coche, de prácticar las pruebas de tres peritos, que serán decisivos en la causa, en los primeros días de julio. Asimismo cita como investigados a cuatro altos mandos del Ejército.

La anulación

El tribunal instructor de la causa, ahora centralizado en Madrid, tras la inhibición de los juzgados penales, en primer área, y del Tribunal Togado Marcial de Sevilla, seguidamente, tomó la intrepidez de anular las declaraciones que se tomaron el mismo día de los hechos a los tres cargos más importantes implicados en la causa, a memorizar: el capitán Zúñiga, el teniente Tato y el dominante Álvarez.

El instructor del caso Cerro Muriano toma esta posición para evitar sumir a los procesados en indefensión. Entiende el tribunal que cuando se tomó proclamación a estos tres cargos no se les advirtió que podían ser investigados (imputados), con los derechos que ellos conlleva en su certificación. Por este motivo, ve necesario su anulación y toma de proclamación posterior ya en calidad de investigados con todos sus derechos intactos.

En este sentido, apunta, en los fundamentos de derecho, que «en ningún caso una persona que esté siendo investigada como posible responsable de una conducta delictiva puede ser sometida a un interrogatorio policial, sin la advertencia de los derechos que le asisten y relevado del taco o promesa de afirmar verdad», ya que «la inobservancia de un derecho fundamental es una cuestión de orden notorio cuya inobservancia genera una clara indefensión material para los investigados, por lo que las declaraciones de los investigados bajo taco o promesa de afirmar verdad y sin la advertencia de los derechos que les asistían, adolecen de un vicio de inútil que no es susceptible de subsanación», explica el instructor.

Por lo anteriormente, el sentenciador «procedo a decidir la inútil de las declaraciones testificales de los ahora investigados» del capitán, el teniente y el dominante.

El capitan Zúñiga, en su momento, según avanzó torrevieja news today, defendió en presencia de el sentenciador togado marcial de Sevilla que instruía el caso que tomó las medidas de seguridad oportunas y que contaba con la autorización de sus mandos para aceptar a lugar una prueba habitual en la instrucción de los mismos. A la par que negó algunas de las frases despectivas atribuidas a él por algunos testigos durante los momentos críticos del suceso y reconoció asimismo que reanudó la maniobra pese a que sacó del agua a algunos soldados con problemas de flotabilidad en el agua.

Medios y pruebas

El Togado Central asimismo dictó un coche en el que rechaza los posibles y alegaciones presentadas por las partes para aumentar el número de investigación y las pruebas testificales a tomar. En este sentido, la resolución legal asegura que tiene que «inadmitir los posibles planteados por las representaciones legales» porque «en los posibles presentados no se invoca ninguna transgresión, formal ni de contenido, que pudiera permitir entrar a lo solicitado por las partes recurrentes, más allá de su mera opinión personal acerca del tiempo necesario para la ejercicio de actuaciones judiciales», ya que unos de los motivos de inadmisión de estas pruebas son la extensión que podría alcanzar el proceso.

Por extremo, el instructor asimismo confirma la ejercicio de las pruebas que serán necesarias. En este caso, cita, en calidad de peritos, a tres personas: un dominante de la Protección Civil, una teniente coronel médica y un capitán.

Igualmente, cita como investigados a cuatro altos cargos del Ejército: el coronel Méndez, el coronel Navarro, el teniente coronel Zanfaño y el comandante Velasco.

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