el 1 de julio serán multados por circular por toda la ciudad


El pasado 1 de enero Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) —que el comunidad puso en marcha en enero de 2022— entró en vigor en el extranjero de la M-30. Esto venía a significar que los turismos sin epíteto medioambiental (categoría A) —aquellos coches diésel matriculados ayer del año 2006 o gasolina previos al año 2000— que no estuviesen empadronados en la ciudad ayer del 1 de enero de 2022 o que no se encontraran dados de inscripción en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la caudal tendrían el camino y la circulación restringidos en toda la comunidad. Hay que señalar que los turismos de esta categoría representan el 2,3 por ciento de los tránsitos.

Desde aquel día, se estableció un periodo de aviso. Es afirmar, todos los vehículos que desde entonces han estado incumpliendo con la reglamento han recibido una carta con las razones que explican el porqué se les restringen la circulación. Hasta hoy, se han enviado más de 350.000 cartas informativas. Entonces el Cabildo de Madrid advirtió que dicho periodo se extendería hasta el 30 de junio.

Dicho esto, a partir de las 00.00 horas del 1 de julio se sancionarán como infracción trascendental a todos aquellos turismos que incumplan con dicho reglamento. La beneplácito será de 200 euros, 100 si el plazo se realiza en un corto plazo de tiempo.

Para controlar el extranjero de la M-30 e interceptar a los conductores que se salten la norma se implementaron cerca de de 500 cámaras de tráfico —257 para el interior de la M-30 y 207 para el extranjero, a lo que hay que sumar 37 semáforos foto-rojo distribuidos por toda la ciudad—. Así, aquellos que quieran atravesar el término municipal podrán hacerlo utilizando las vías M-40, M-45 y M-50 y las autovías radiales hasta el techo de la M-40.

Esta norma no afecta a los vehículos de mercancías o motocicletas sin el distintivo ambiental, que podrán circular por la comunidad hasta el 31 de diciembre de 2024, excepto entrar a la Zona de Bajas Emisiones de Particular Protección (ZBEDEP) —Distrito Centro y Plaza Elíptica—.

¿Y los turismos con epíteto B y C?

Con todo, los turismos que presentan este tipo de distintivo medioambiental —que clasifica a los vehículos en función de su nivel de emisiones contaminantes— B y C pueden circular como hasta ahora, es afirmar, sin restricciones, con la condición de estacionar siempre interiormente de un parking regulado.

Memorar que aquellos que presentan epíteto B, de color amarillo, deben cumplir con la reglamento Euro 3, en el caso de los de gasolina y con las Euro 4 y 5 en el caso de los diésel. Por otro banda, los turismos de gasolina que tienen la C, de color verde, deben cumplir con Euro 4, 5 y 6, así como los diésel con Euro 6.

Puedes aprender cómo circular en Madrid según tu matrícula en este enlace.

Encima, en este enlace podrás aprender cómo circular por Madrid desde el 1 de julio de 2024.

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