Las ex monjas de Belorado se desvinculan de la Pa Unin y dicen que “caminan solas”


Las ex monjas de Belorado han anunciado que se apartan de la Pa Unin del inexacto mitrado Pablo de Rojas, a cuya autoridad se haban acogido tras confiarse la iglesia catlica, y que, a da de hoy, “caminan libres y solas” y no reconocen ms autoridad que los tribunales de Ecuanimidad.

En un comunicado enviado a EFE tras la salida del convento de Pablo de Rojas y su portavoz Jos Ceacero por deseo de las religiosas, estas aseguran que tienen el cien por cien del pleno dominio del monasterio, en el que desde anteayer no estn los dos representantes de la Pa Unin, “de cuya jurisdiccin nos apartamos”, anuncian.

De Rojas y Ceacero no han sido expulsados por la fuerza

“No se ha procedido a la expulsin de nadie de nuestras instalaciones por la fuerza, pues tan solo se ha comunicado nuestro deseo al Sr. D. Pablo de Rojas, de cuya jurisdiccin nos apartamos, y al Sr. D. Jos Ceacero para que abandonasen el convento, actuando los dos de forma voluntaria y sin ningn tipo de coaccin por parte de las debajo firmantes ni de ninguna otra persona, de forma que a da de hoy caminamos libres y solas en defensa de la Fe Catlica“, afirman las religiosas excomulgadas.

En el comunicado que las diez firman y que han facilitado a EFE sus abogados, las ex monjas responden a las ltimas declaraciones del prelado de Burgos, Mario Iceta, quien anunci que el Arzobispado iniciar acciones legales si las diez ex monjas no abandonan voluntariamente el monasterio, para lo que les ha concedido un plazo “prudencial” que no ha concretado.

Las monjas insisten en que la titularidad del monasterio y su actividad internamente del mismo es “una cuestin puramente jurdica”, que no depende de la autoridad eclesistica por lo que “deber ser dirimida por los Juzgados y Tribunales correspondientes”.

“Protestamos en presencia de las amenazas al arbitrio a la fuerza pblica para nuestro desahucio, que solo chiva si se acompaa de una resolucin contencioso contra nosotras que, adems, en tal caso, habra de ser por nosotras incumplida en periodo de ejecucin voluntaria”, afirman y apostillan que, en el caso de su desalojo, no reconocen “autoridad alguna a nadie ms que los Tribunales de Ecuanimidad”.

“Decidimos separarnos de la Iglesia Conciliar en un clima conflictivo y por coito a la Verdad Catlica, preservando y secularizando la actividad vitalicia a la que estamos consagradas y que llevamos a angla en el monasterio, presentando instancia para otorgar naturaleza civil a nuestra quehacer sin el beocio nimo reflexivo, pues nuestro patrimonio est adherido de forma vitalicia a la quehacer que desempeamos”, explican.

Piden al prelado de Burgos que se avenga con la comisin negociadora, que conforman el escritorio Sarabia y Asociados, GTRS y el abogado Florentino Alaez, para “dar una solucin extrajudicial al conflicto”, que “satisfaga a todas las partes y evite tanto la presente situacin como la judicializacin del asunto”.

Defendern su condicin de “legtimas poseedoras” del monasterio

Explican que el monasterio consta inmatriculado en el registro de la propiedad en virtud de un documento privado de 1969 “que confiere el 100 por cien de su pleno dominio a la Comunidad de Religiosas Clarisas de Belorado sin que conste longevo condicin o carga aadida”, aaden las exmonjas.

Y rechazan las acusaciones, que lamentan suceder “tenido la desgracia de escuchar”, sobre “una supuesta trama inmobiliaria”, porque aseguran que son “ridculas, excepto que la trama inmobiliaria sea entendida como la suma aritmtica de los conventos de los que se nos pretende echar hasta las puertas de la misma calle, sin capital y sin alternativa habitacional”.

Las ex monjas insisten en que les han intervenido las cuentas corrientes y sus nminas. “Nos han dejado sin poder atender los pagos de los proveedores de materia prima para nuestros dulces, no podemos penetrar a nuestra propias notificaciones, etc”, enfatizan.

Recuerdan que la comunidad de clarisas de Belorado ha desempeado la actividad “que le es propia y legtima” en el monasterio y que est inscrita en el registro de entidades religiosas del Ocupación, “regida por Derecho Cannico y por sus estatutos y expresndose formalmente a travs de los rganos correspondientes (abadesa, vicaria y discretas)”.

Por ello, aseguran que van a defender su condicin de “legtimos poseedores” del monasterio por la actividad que desempean en el mismo y consideran que no se ha aclarado cul es la naturaleza administrativa que “desvirta” su ttulo o “a quin se supone que va adscribir el inmueble el rgano correspondiente sin incurrir en su dispensado asignacin”.

Cambiar la naturaleza jurdica

La ex monjas crearon dos asociaciones civiles con el objetivo de cambiar la naturaleza jurdica de los monasterios para despojarlos de su entidad eclesistica y convertirlos en entidades civiles.

Fuentes del Arzobispado de Burgos han confirmado a EFE que recientemente tuvieron conocimiento de la creacin de estas asociaciones, cuya tramitacin administrativa se inici en mayo, si proporcionadamente las exreligiosas no han conseguido concluir el procedimiento destinado a transferir los monasterios, y sus propiedades, a una asociacin civil.

Sin bloqueo, las mismas fuentes han precisado que el Cdigo de Derecho Cannico no contempla una transformacin de estas caractersticas, un cambio en la personalidad jurdica de los monasterios de Santa Clara de Belorado y Derio para, sin modificar la titularidad de los conventos -y su patrimonio-, derivarlos a una asociacin independiente no catlica.

Y recuerdan las explicaciones dadas el pasado lunes por el prelado de Burgos, Mario Iceta, quien record en rueda de prensa que “las propiedades e inmuebles son acervo eclesisticos” que pertenecen a los monasterios como entidades jurdicas pblicas eclesisticas al servicio de la comunidad de clarisas que los habitan.

Tambin que ni los estatutos de los monasterios, ni los de la Federacin de Nuestra Seora de Arnzazu, ni el resto de reglamento religiosas vinculada a la Orden de Santa Clara, recogen la posibilidad de trocar la naturaleza jurdica de los monasterios, solo la opcin de extinguir la personalidad jurdica cuando deja de suceder monjas.

Iceta insisti el lunes en que se requiere de un consentimiento explcito de la Santa Sede para alterar esa naturaleza eclesistica pblica, al tiempo que record que el Derecho Cannico est agradecido por el Derecho Civil y reseña como Derecho estatutario en presencia de las entidades religiosas.

De este modo, las ex religiosas estaran operando de espaldas a la Iglesia catlica, cuya autoridad no reconocen de ah su comunicacin reiterada de abandonarla por una decisin “dispensado y voluntaria”, y sin disolver la entidad jurdica eclesistica -ya que el representante judicial es el arzobispo- transformarla en otra civil.

Para ello, las nuevas asociaciones estaran registradas en el Ocupación del Interior y no en el de Presidencia, Ecuanimidad y Relaciones con las Cortes, en cuyo registro se encuentran las entidades religiosas.

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