Este 1 de julio se ha hendido el plazo de presentación de solicitudes para el Software de Turismo del Imserso 2024-2025. El Instituto de Mayores y Servicios Sociales ofrece esta alternativa para que los más mayores puedan disfrutar de viajes y escapadas a un precio moderado.
Las solicitudes nuevas pueden realizarse a través de la sede electrónica del Imserso. Y aquellos que ya realizaron la solicitud en abriles anteriores recibirán una carta para confirmar su décimo. Los nuevos solicitantes tienen de plazo hasta el 22 de julio para inscribirse en el software.
Los usuarios que se hayan registrados podrán disfrutar de una gran variedad de viajes, que van desde visitas a la zona de la Costa Peninsular (donde se contarán con estancias de diez y ocho días en las comunidades autónomas de Andalucía, Región de Murcia, Comunidad Valenciana y Cataluña) y la zona de la Costa Insular (con estancias de diez y ocho días en las Islas Canarias y en el archipiélago balear).
Otra de las modalidades sería el de Turismo de Huida, que consiste en viajes de cuatro, cinco y seis días en circuitos culturales, de naturaleza y viajes a capitales de provincia y a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Cómo realizar la inscripción
Para realizar la inscripción hay que hacer la solicitud a través de la sede electrónica, en la que te tendrás que identificar con Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico. Otra opción que se presenta es la descarga del formulario de solicitud de décimo en el software, para después mandarlo a los registros y oficinas del Imserso.
Aquellos que ya se hayan registrado en abriles anteriores tan solo tendrán que esperar la carta que llegará a su domicilio en la que podrán modificar cualquier noticia que sea pertinente y remitirlo a las oficinas de Imserso.
Requisitos para participar
Los requisitos para participar en el Software de Turismo del Imserso 2024-2025 son los siguientes:
- Ser pensionista de compensación del sistema de Seguridad Social castellano.
- Ser pensionista de subsidio con cincuenta y cinco o más abriles de tiempo del sistema de Seguridad Social castellano.
- Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social castellano o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 abriles cumplidos o más abriles.
- Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social castellano, con sesenta y cinco abriles cumplidos o más abriles.
Los españoles que vivan en el extranjero y cumplan con alguno de estos requisitos todavía podrán realizar la solicitud. Al igual que los emigrantes españoles que hayan regresado al país y sean pensionistas de la Seguridad Social.
En cuanto a los acompañantes, desde el Imserso han asegurado que cualquiera de los registrados podrá ir acompañado “por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia”. Igualmente de los descendientes con un jerarquía de discapacidad igual o inferior a un 45%.
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