Ayuso presenta un segundo recurso contra el impuesto a las grandes fortunas de Sánchez


Madrid vuelve a recurrir, por segunda vez, ante los tribunales contra el impuesto a las grandes fortunas implantado con carácter retroactivo por el Gobierno Central. Si la primera vez fue un recurso ante el Tribunal Constitucional, en marzo, ahora se trata de un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, contra la orden ministerial que aprueba el modelo para su liquidación. Se trata, explicó el consejero de Presidencia y portavoz del Gobierno regional, Miguel Ángel García, ud.En ejercicio de “coherencia”, y recurrirán a todas las medidas que establece esta ley.

Precisamente este miércoles se conocieron las cifras de recaudación obtenidas por este impuesto. Y en el caso de Madrid ha ascendido a 555 millones de euros, el 90 por ciento de la recaudación total del impuesto. Lo que refuerza al Ejecutivo regional en su idea de que se trata de un homenaje creado expresamente “para perjudicar a Madrid y Andalucía”.

El nuevo impuesto fue aprobado mediante una modificación a un proyecto de ley, saltándose el trámite parlamentario ordinario, sin presentar informes y sin posibilidad de que otros diputados lo modifiquen.

El presente recurso se plantea porque el Gobierno regional considera que el impuesto vulnera los principios de capacidad económica y carácter no confiscatorio, y porque no se justifica su creación. La presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, protestó en las redes sociales por este homenaje.

Además, añaden, tanto el procedimiento de aprobación del impuesto como su naturaleza “violan varios principios recogidos en la Constitución española” porque “supone un atentado a la autonomía autonómica para la gestión de los impuestos transferidos”, como es el caso de Patrimonio. que en la Comunidad de Madrid está 100% rebajado desde 2008.

Por otro lado, su aplicación tuvo efectos retroactivos para todo el año 2022, a pesar de que entró en vigor el 29 de diciembre de ese año. Esto supone, añaden, “un grave perjuicio para los ciudadanos que no esperaban soportar esa carga fiscal en ese año, vulnerando el principio de seguridad jurídica”.

Asimismo, consideran que vulnera los principios de capacidad económica y carácter confiscatorio recogidos en el artículo 31.1 de la Constitución Española, que señala que “contribuirá al sostenimiento del gasto público en función de la capacidad económica a través de un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

Inicialmente, se trata de una tasa definida como temporal, pagadera inicialmente por dos años, período para el cual se han determinado tasas impositivas “que son estimaciones y presuponen una manifestación de riqueza ficticia, sin tener en cuenta los recursos del contribuyente”. , protesta en la Comunidad de Madrid.

Junto a ello, el Gobierno regional considera que la creación del impuesto no se ha justificado “al no existir una necesidad real de recaudación, ya que se ha alcanzado en estos momentos una cifra récord debido a la situación económica y a la desproporcionada presión fiscal que supone la política Gobierno de España en materia de impuestos, despreciándose así lo recogido en la Constitución Española sobre la arbitrariedad de los poderes públicos.



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