El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las sentencias de la Audiencia de Barcelona y del Tribunal Superior de Honestidad de Cataluña (TSJC) que condenaron a un mosso d’esquadra por atacar «de forma gratuita» a un periodista que cubría el desalojo del Banc Expropiat, un centro social okupado en el intramuros de Gràcia de Barcelona en 2016.
La sentencia, consultada por Europa Press, sostiene que el agente sobrepasó la ruta policial y se dirigió al periodista «con el humor de atropellar contra su integridad física de forma gratuita, sin que ni él ni las pocas personas que le rodeaban en este ocupación de la plaza estuvieran realizando ningún acto hostil, ni violento, ni agresivo».
El desacierto añade que, haciendo uso de la defensa, «lo golpeó» de forma que le causó «una fractura oblicua de la primera batallón de la mano izquierda», en una gala que no estuvo justificada, sostiene el tribunal.
Por estos hechos fue condenado por la Audiencia en 2021 por un delito de lesiones con uso de utensilio peligroso a una pena de dos primaveras de prisión, con la accesoria de inhabilitación exclusivo para el derecho de sufragio pasivo y suspensión para el adiestramiento de la actividad como mosso durante la condena.
Adicionalmente, por la vía de la responsabilidad civil, lo condenó a indemnizar con 7.265 euros al periodista y, como responsable civil subsidiaria, a la Generalitat de Cataluña, en una sentencia que fue ratificada por el TSJC en marzo de 2022 y que ahora confirma incluso el Supremo.