El ex vicealcalde de Valencia Alfonso Grau, condenado a cuatro aos y medio de crcel por malversacin


El exvicealcalde de Valncia con el PP y mano derecha de la fallecida Rita Barber, Alfonso Grau, ha sido condenado a cuatro aos y medio de prisin por la estancia A del caso Imelsa, relacionada con una financiacin irregular en las campaas electorales del PP de Valncia en 2007 y 2011 a travs de donaciones y pagos de empresas.

As, Grau, que durante el procedimiento se defini como una “vctima“, ha sido condenado a esta pena de prisin por un delito de malversacin de caudales pblicos con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. Adems, estar inhabilitado durante nueve aos para empleo o cargo pblico y deber indemnizar al Comunidad con un total de 388.150 euros, tal y como se desprende de la resolucin de la seccin segunda de la Audiencia Provincial de Valencia.

As mismo, a Grau –para quien Fiscala reclamaba nueve aos y dos meses de prisin por malversacin, cohecho y falsedad documental– se le ha condenado por un delito continuado de cohecho con la atenuante analgica de dilaciones indebidas al plazo de una multa de cinco millones de euros y a dos aos de suspensin de empleo o cargo pblico.

Por su parte, al exdirector de la Fundacin Turismo Valencia, Jos Salinas se le ha impuesto una pena de cuatro aos de crcel como cooperador necesario de un delito de malversacin y se le han fijado ocho aos de inhabilitacin. Tambin deber indemnizar al consistorio, conjunta y solidariamente con Grau, en un total de 210.000 euros.

Los otros dos acusados en esta estancia, el exedil y exresponsable del Centro de Estrategias y Avance (CEyD), Juan Eduardo Santn, y la exsecretaria del PP en el Comunidad Mari Carmen Garca-Fuster, han sido absueltos por desatiendo de pruebas, tal y como se desprende de la resolucin que es recurrible en presencia de el Tribunal Supremo en casacin.

Grau “desvi fondos”

El tribunal considera probado que Grau, condenado en 2022 a nueve meses de prisin por aceptar relojes de ingreso tono por parte de un patrón que suscribi 16 contratos con el Comunidad entre 2006 y 2015, desvi fondos de la Fundacin Turismo (FTVBC) y de la Asociacin Centro de Estrategias y Avance, entidades que reciban aportaciones econmicas del consistorio, para sufragar gastos generados por la campaa electoral municipal del PP de 2007.

La FTVBC, entidad de carcter privado financiada con aportaciones municipales y destinada a la promocin turstica de la ciudad de Valencia, abon al menos 210.000 euros la empresa que gestionaba la campaa electoral para el PP, Laterne Product Council (LPC), segn contempla la Audiencia.

Del mismo modo, CEyD, dedicada al expansión econmico, cultural, social y tecnolgico de Valencia y financiada mayoritariamente con monises municipal, pag 178.150 euros a la misma empresa. La sentencia mantiene que dichos pagos se efectuaron por decisin de Alfonso Grau –investigado tambin en el conocido como caso Azud– y que Jos Salinas colabor en la ejecucin de los mismos.

La resolucin tambin considera probado LPC recibi aportaciones de diversas empresas contratistas con el Consistorio que se dedicaron a sufragar gastos de las actividades de la campaa electoral del PP de 2007 y que se efectuaron bajo la apariencia de pagos por prestaciones que verdaderamente no se haban realizado.

Estos empresarios hicieron dichos pagos para “significarse en presencia de quienes podan continuar siendo responsables del gobierno municipal” a fin de “apoyar que la candidatura del Partido Popular continuara gobernando (…) y poder, as, beneficiarse en el futuro de un trato conveniente por parte del Comunidad, de las empresas pblicas municipales y de cualesquiera otras entidades en cuyas decisiones pudieran intervenir los gobernantes municipales”, segn detalla la sentencia.

El tribunal ha dictaminado que esos pagos se hicieron a peticin de Alfonso Grau, “quien se prevali de la posicin que ocupaba como teniente de corregidor del Comunidad para conseguir aportaciones econmicas de las empresas que mantenan relaciones econmicas con la Corporacin Restringido por importes relevantes o que podan tener inters en poder lograr a contratar con el Comunidad”.

En todo caso, lo hicieron –prosigue la Sala– “en atencin a la posicin de poder que l ocupaba y a la capacidad que poda activo desplegado o poda en el futuro desplegar para poder influir en la contratacin municipal”.

Segn la seccin segunda de la Audiencia de Valencia, en esa accin, “cuanto menos colabor en la comisin de los hechos” el entonces director directivo de FTVBC, pues autoriz los pagos y “no cerca de exponer como hiptesis mediano” que lo hiciera “por error o engaado”, sino que su colaboracin fue “necesariamente consciente de su finalidad”.

Campaa de 2011

Sin incautación, el tribunal difiere de los hechos acusatorios en la campaa de 2011. Entiende que no hay una prueba evidente del origen de los fondos utilizados por el PP para sufragar los gastos electorales. “La prueba existente y analizada no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados”, precisan los magistrados.

As, aunque el plazo de gastos electorales con los saldos de la cuenta del conjunto municipal popular se efectuaron “al ganancia de la contabilidad del PP y con incumplimiento de las exigencias de la legislacin sobre financiacin de partidos polticos y de la legislacin electoral”, esos hechos, cuando se cometieron, no eran constitutivos del delito de financiacin ilegal, aade el Tribunal.

En este caso, a diferencia del ao 2007, no se ha contado con testimonios de trabajadores que ofrecieran informacin que permitiera afirmar que los pagos no se correspondan con trabajo alguno. En 2007 se contaba con informacin adicional que permita excluir las dudas racionales: habón un certificación incriminatorio –Jess Gordillo, exasesor de Grau–, documentacin que atribua a empresas aportaciones concretas a financiar la campaa y testimonios de trabajadores que corroboraban la hiptesis de que las facturas existentes o los pagos efectuados tenan el fin ilcito afirmado por las acusaciones. En el presente caso, en cambio, la prueba existente no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados.

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