Los jubilados podrían beneficiarse de hasta 4.000 euros por un error de Hacienda



La Agencia Tributaria ha reconoció un error en el impuesto sobre la renta personal que afecta a todos los trabajadores que contribuyeron al Mutualidad Laboral Bancaria hasta 1978lo que implica la devolución de la cantidad de personas que más impuestos han pagado.

En febrero pasado, el Corte Suprema emitió una sentencia sobre el IRPF y mutualistas, en la que cambia el criterio de la Agencia Tributaria y reconoce el derecho a disfrutar de 100% de reducción de impuestosa los pensionados que cotizaron al Fondo Mutuo Laboral Bancario hasta el 31 de diciembre de 1966. Los que cotizaron entre enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978 podrán disfrutar del 25%.

Según los abogados de Vento Abogados, esta sentencia es se extiende al resto de mutuas con las mismas características, entre los que se encuentran profesionales del siderurgia, pesca, artilleros cualquiera construcciónlo que no lo hace exclusivo de la Mutualidad Laboral Bancaria.

¿Cuánto me van a reembolsar?

Aquellos trabajadores que estén percibiendo la pensión de jubilación y cotizarán a una Mutua de Trabajo antes 1978 Podrían aprovechar esto y recibir la devolución del IRPF de Hacienda, que en algunos casos podría llegar a los 4.000€.

La cantidad de dinero a recibir depende de varios factorescomo son los tiempos de precio de trabajo mutuo y vida laboral de cada uno de los pensionados.

¿Cómo reclamar?

Para realizar la reclamación será necesario que los pensionados presentar una rectificación de la autoliquidación del IRPF para los años no prescritos, o lo que es lo mismo, las declaraciones del IRPF de los últimos cuatro años. Los que son del cuarto año en adelante ya tienen recetada.

También deberá presentar el documentación necesaria con los que justificar esta afirmación, incluyendo:

  • El informe de vida laboral.
  • Los 100 modelos del IRPF de los años utilizados
  • El certificado de la empresa en la que se desarrolló la actividad laboral.
  • Número de cuenta bancaria en la que el beneficiario recibirá la devolución del importe

En el caso de que la persona afectada sea fallecidosus herederos podrían beneficiarse de este fallo, siempre y cuando se cumpla con el requisito de los últimos cuatro años de la declaración del impuesto sobre la renta. no lo he prescrito.

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