Incumplen, manifiestamente, el deber de reserva


Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, a través de la Leyes del Estado, ha ampliado la querella que presentó en julio por un supuesto delito de prevaricación contra Juan Carlos Peinado, enjuiciador encargado de investigar a actividad profesional de su mujer, Begoña Gómez, acusada de presunta corrupción y tráfico de influencias.

La Leyes del Estado considera que la trabajo del magistrado “contraviene la doctrina existente” y destacan que la última resolución legal es de una “injusticia intrínseca” orientada a poner una esterilla roja a las continuas filtraciones del sumario. “Lo verdaderamente buscado con estas actuaciones en todo lo que atañe a la Presidencia del Gobierno, es darle una publicidad”, han asegurado.

“El conjunto de decisiones y providencias que por acumulación si no contradicen abiertamente cualquier interpretación dialéctica de la ley, tienden a forzar la puesta a disposición de las partes de una reproducción que no debió existir no hacen sino refrendar la orientación de toda diligencia instructora cerca de su difusión mediática“, han explicado desde el entraña oficial.

Esta situación se ha originado correcto a que el enjuiciador denegó la petición de la Fiscalía de sustituir el vídeo del interrogatorio a Pedro Sánchez, que tuvo circunscripción en el Palacio de La Moncloa el pasado 30 de julio, por una resolución legal, correcto a que considera que en los “silencios” del presidente se puede obtener alguna “inferencia”. Encima, la Fiscalía además solicitó que no se diese acercamiento a las partes– entre las que figuran Manos Limpias y Vox- a la testimonio del presidente al considerar que la reproducción “carece de cualquier utilidad, material o procesal”.

Ese día, Sánchez se acogió a su derecho de no determinar en presencia de el enjuiciador, recogido en el artículo 416 de la Ley de Apreciación Criminal (LECrim), que respalda que como cónyuge de la investigada está “dispensado de la obligación de determinar”.

El fiscal justificó la petición asegurando que buscaba “evitar filtraciones” que provocarían que la reproducción acabase “divulgada de forma improcedente”. “Entendemos que la entrega de copia de la reproducción referida a las partes no debería producirse“, remarcó entonces el fiscal.

Sin bloqueo, el pasado 22 de agosto, Peinado, titular del Chancillería de Instrucción número 41 de Madrid, permitió que todas las partes personadas en la causa en la que investiga a la implicada pudiesen aceptar al vídeo de la testimonio de Sánchez: “Sin adoptar ningún tipo de pájaro de identificación o de seguridad que impida o dificulte las filtraciones que el propio denunciado reconoce que se están produciendo”.

Delante estas filtraciones, la Leyes del Estado ha concluido que “incumplen, manifiestamente, el deber de reserva y que el Magistrado Instructor, ahora denunciado, conoce, reconoce abiertamente y atribuye a todas las partes. Por consiguiente, hay conciencia de que lo que sea figura y entregado será filtrado, pero no se toma ninguna medida contra ello”.

Es por esto que, el 30 de septiembre, la Audiencia Provincial de Madrid deberá lanzarse si le impide al enjuiciador Peinado que continúe sus investigaciones en lo concerniente a la causa contra Begoña Gómez.

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Pedro Sánchez desde Dakar, Senegal

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