el Juzgado Militar Central llama a declarar como testigo a otro teniente relacionado con la maniobra


El Togado Togado Marcial Central 2 de Madrid ha convenido al considerar «pertinente y relevante, de forma que puede tener potencialidad para modificar de alguna forma el sentido de laudo«, proceder a la toma de afirmación como declarante de un teniente, presidente de la segunda sección de la Compañía del Plan Nuclear de Instrucción donde fallecieron dos militares en la maña del cruce del lagunajo en Cerro Muriano el pasado 21 de diciembre.

En un automóvil fechado el pasado 12 de septiembre, el togado marcial admite esa prueba solicitada por el erudito de la defensa del teniente Tato, rechaza concertar la maña de la prueba documental interesada ya que los IPECS del teniente Tato (investigado) de los abriles 2020 y 2022 «no aportan ningún reseña relevante relacionado con los hechos de investigación en el presente sumario».

Encima, el magistrado marcial ordena remitir a la Fiscalía Procesal Marcial el escrito del erudito Javier Manuel Gimeno Puche de 24 de julio del presente año para que realice la valoración oportuna en relación a la conducta del erudito Luis Romero sobre las informaciones vertidas a los medios de comunicación que a su razón podrían perjudicar su defensa.

Esta maña de prueba llega en el momento en el que los diferentes posibles de las partes se estaban presentando posibles contra el procesamiento de siete militares en esta causa por lo que algunas de ellas han solicitado la suspensión de los plazos para que no cause indefensión en amparo del artículo 24 de la Constitución.

El magistrado togado marcial que instruye el caso Cerro Muriano dictó el pasado 29 de julio un automóvil por el que procesaba a seis mandos por la crimen del promontorio Jiménez y el soldado Héroe en las maniobras del 21 de diciembre pasado cuando cruzaban un lagunajo químico del campo de maniobras de la Pulvínulo.

En este automóvil, que está en período de posibles planteados por las partes, a cinco de ellos los imputa por un supuesto delito homologable al homicidio imprudente en el Código Penal con penas que podrían ir de un año y dos meses a cuatro abriles y nueve meses de prisión, según fuentes judiciales consultadas por este publicación.

Tratándose de dos presuntos homicidios por imprudencia reservado, «el tipo de concurso aplicable es el ideal -un solo hecho constituye dos o más delitos-, en cuyo caso se aplicaría la pena en su medio superior (de tres abriles y seis días a cuatro abriles), excepto que la pena resultante de la suma de las penas de entreambos delitos por separado fuera pequeño», explican estas fuentes.

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