Absuelven al profesor de Medina del Campo condenado a 14 años por agresión sexual a un alumno


El Tribunal Superior de Honestidad de Castilla y Valiente ha revocado la condena de catorce abriles de gayola impuesta al profesor del Colegio San Juan de la Cruz de los Carmelitas Descalzos de Medina del Campo (Valladolid) A.F. que fue magistratura por atacar sexualmente a un último interno en el seminario de dicho centro escolar.

De esta forma, el docente, sobre el que pesa ya una sentencia condenatoria precedente, de 13 abriles, por hechos similares sobre otro estudiante del mismo centro, ha sido exonerado en la causa presente, según la información del Salita de Prensa del TSJCyL recogida por Europa Press.

En su sentencia respecto de la presente causa, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, ha estimado el procedimiento del condenado y ha anulado el defecto precedente dictado el pasado mes de marzo por la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid que le absolvió de un delito de elaboración de pornografía inmaduro pero, en cambio, consideró probada la autoría del delito de golpe sexual y, unido a 14 abriles de prisión, decretó su inhabilitación para trabajar en contacto con menores y la prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia inferior a 500 metros o comunicar con ella, por cualquier medio, durante 18 abriles, informa Ep.

El defecto ahora anulado no apreciaba causa de incredibilidad en la lectura ofrecida por la supuesta víctima, si perfectamente el TSJ de Castilla y Valiente no comparte tal afirmación tras memorar que el denunciante fue condenado por un delito de hurto cometido en el domicilio del condenado, «hechos de los que el último se declaró culpable (habiéndose dictado sentencia condenatoria de conformidad), así como que éste zaguero declaró en el acto del motivo en la presente causa que no se esperaba que el marcado le hubiera denunciado por tal hurto, siendo ese el detonante para que él denunciase los hechos aquí enjuiciados«.

«Motivos espurios»

«La método impone conservarse a la conclusión de que dicha denuncia que nos ocupa morapio motivada indudablemente por motivos espurios, sin que podamos compartir la valoración que hace la sentencia recurrida de que no lo hizo por venganza sino para que el denunciado asumiera su responsabilidad por las agresiones sexuales que cometió al igual que él tenía que hacerse cargo sus responsabilidad por el hurto«, añade el defecto exculpatorio entre otras razones de peso para poner en tela de motivo la lectura del denunciante.

El docente, durante la presencia hablado celebrada a puerta cerrada, se declaró inocente y víctima de una trastorno por parte del estudiante, de 14 abriles, quien le habría amenazado con incriminarle si no retiraba contra él la denuncia por el robo de joyas en su residencia.

El que fuera profesor del San Juan de la Cruz de Medina negó tener mantenido relación sexual alguna con el último, con quien tenía una muy buena amistad, y relató que el estudiante, aprovechando que él estaba de descanso, entró en su carretera y le robó joyas familiares que luego fueron localizadas por la policía en una casa de agarraderas.

Tras la correspondiente denuncia, el profesor sostiene que el autor del robo le extorsionó para que retirara la misma como condición para no aparecer a la policía y acusarle de haberle agredido sexualmente cuando estuvo matriculado entre 2014 y 2019 en el Colegio San Juan de la Cruz, Carmelitas Descalzos de Medina del Campo, donde permaneció los tres primeros cursos en régimen de internado en el seminario que estaba a cargo del marcado.

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