más de 80 animales maltratados en Sant Esteve de Sesrovires


Los Mossos d’Esquadra, pegado con la Policía Recinto de Sant Esteve de Sesrovires (Barcelona), han decomisado más de 80 animales que se encontraban en pésimas condiciones en una finca de la billete.

En la finca, los agentes encontraron un poni, 69 cabras y ovejas, doce perros y cinco ocas, todos en condiciones higiénico-sanitarias inadecuadas. Según la Policía catalana, los animales no contaban con el espacio ni las condiciones necesarias para su bienestar y siquiera habían recibido ningún tipo de atención veterinaria.

El propietario de la finca ha sido denunciado penalmente por un delito contra la protección de los animales. Las autoridades no han revelado su identidad, pero sí han confirmado que se enfrentarán a cargos por no respaldar el bienestar de los animales bajo su cuidado.

Condiciones inadecuadas y desidia de atención

Durante la inspección, los agentes pudieron comprobar que tanto el poni como el resto de los animales vivían en espacios sucios y sin paso adecuado a comida o agua. Las condiciones en los corrales y en la finca en universal eran insalubres, poniendo en agonizante peligro la salubridad de los animales.

En presencia de esta situación, los Mossos decidieron aprehender a todos los animales, que fueron trasladados a diversos centros de recuperación y refugios en Cataluña. Estos centros se encargarán de proporcionarles la atención veterinaria y los cuidados que necesitan tras poseer sido maltratados.

Penas por maltrato animal

En España, el maltrato animal es un delito que puede conllevar penas de prisión, multas y la prohibición de tener animales a futuro. La Ley Orgánica 3/2023, del 28 de marzo de 2023, introdujo modificaciones significativas en el Código Penal castellano en lo referente al maltrato animal:

  • Las penas para los delitos de maltrato animal con resultado de crimen establecen sanciones de entre 12 y 24 meses de prisión. Adicionalmente, se impone una inhabilitación peculiar de 2 a 4 abriles para quienes ejerzan profesiones, oficios o comercios relacionados con animales, así como para la tenencia de los mismos.
  • El tipo elemental de maltrato animal, que incluye causar lesiones a un animal doméstico que requiera tratamiento veterinario y no esté relacionado con actividades reguladas como la caza o matanzas con fines alimenticios, conlleva penas de prisión de 3 a 18 meses o multas de 6 a 12 meses. Igualmente se aplica una inhabilitación peculiar de 1 a 3 abriles para actividades relacionadas con animales. Esta ley introduce agravantes que aumentan la severidad de las penas, tales como el uso de métodos peligrosos, el maltrato con ensañamiento, la pérdida o inutilidad de un entraña del animal, y el maltrato en presencia de menores o personas vulnerables. Adicionalmente, se considera delito el maltrato que se difunda públicamente o que utilice tóxico y otros métodos destructivos.
  • El desidia de animales vertebrados bajo responsabilidad de un adulto incluso se tipifica como delito penal, con penas de multa de 1 a 6 meses o trabajos en beneficio de la comunidad, y una inhabilitación peculiar de 1 a 3 abriles.

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