La Justicia europea desestima el recurso de Puigdemont sobre su escaño


El Tribunal Europeo de Luxemburgo ha desestimado definitivamente el solicitud que presentó Carles Puigdemont contra la valentía que tomó en su día la presidencia del Parlamento Europeo de no confesar su condición de diputado. El Tribunal Universal ya había sentenciado en primera instancia que aquella valentía del entonces presidente de la Eurocámara, Antonio Tajani (actualmente ministro de Exteriores de Italia) no era recurrible.

Cuando a Tajani le sucedió en el cargo de presidente del Parlamento Europeo el socialista italiano David Sassoli decidió acreditar a Puigdemont y a otros huidos de la honradez como eurodiputados usando sus prerrogativas personales para interpretar ora sentencia de la honradez europea, a pesar de que estos no figuraban en la relación de electos proporcionada por la Grupo Electoral Central (JEC) española.

El solicitud interpuesto y ahora desestimado pretendía ganar un pretexto para que Antonio Comín pudiera retornar a tomar posesión del escaño, puesto que la flagrante presidenta del Parlamento, la popular maltesa Roberta Metsola, se ha incapaz a ello, precisamente porque su nombre no figura en la relación de electos enviada desde la JEC.

Según consideran los jueces, «el presidente del Parlamento se limitó a hacer lo que estaba obligado a hacer: tomar nota de la relación de diputados electos notificada por las autoridades españolas, que constituía para él una situación preexistente derivada de decisiones que se habían prohijado en el plano doméstico».

Como ocurrió tras las elecciones de 2019, la JEC no ha incluido al eurodiputado de Junts en la relación de eurodiputados españoles que cumplen los requisitos para acomodarse su escaño, regalado que el político independentista no acudió al Congreso de los Diputados a acatar la Constitución.

En la plazo pasada, la valentía original de no concederles la credencial temporal para cumplir los trámites administrativos necesarios para acomodarse los escaños y profesar los derechos asociados no era definitiva y quedó supeditada a cambios en caso de admitir nueva información.

De hecho, los dos políticos huidos de la honradez española ocuparon sus respectivos escaños en enero de 2020 a raíz de otra sentencia del TJUE que en diciembre de 2019 dictó que el líder de ERC, Oriol Junqueras, debió ser agradecido como eurodiputado desde la proclamación oficial de los resultados de las elecciones de mayo de ese año y usar desde ese momento de inmunidad para poder asistir a la sesión constitutiva de la Eurocámara.

El veredicto del caso Junqueras aclaró que una persona proclamada electa por el Parlamento europeo debe ser reconocida como eurodiputada aunque no haya sido autorizada a cumplir los requisitos previstos por el Derecho interno, ni a desplazarse a la Eurocámara para participar en su primera sesión.

Este proceder fue avalado por la Honestidad europea en primera instancia al concluir que el presidente de la Eurocámara en 2019, el ‘popular’ Antonio Tajani, se limitó a tomar nota de la situación jurídica de los dos políticos independentistas, cuyos nombres no figuraban en la relación de eurodiputados electos notificada por la Grupo Electoral Central. Sin requisa, Puigdemont y Comín plantearon solicitud de casación delante el Stop Tribunal europeo que ha sido resuelto este jueves.

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