Confirmada la sanción de 22 días de sueldo al diputado de Más Madrid que simuló usar una pistola mientras hablaba Ayuso


La Mesa de la Asamblea de Madrid ha juicioso este viernes sancionar al diputado Pablo Padilla, del Clase Parlamentario Más Madrid, por conducta inadecuada durante el pleno celebrado el pasado 23 de mayo. Ese día, el diputado hizo un semblante con la mano que recordaba el uso de una pistola, mientras señalaba con destino a la presidenta Díaz Ayuso, que intervenía en ese momento.

La Mesa de la Asamblea ha juicioso sancionar, con una suspensión económica de 22 días naturales, esta hecho del diputado, por incumplimiento del artículo 33.3 del Reglamento de la Asamblea.

Este proceso sancionador comenzó tras una denuncia registrada por el Clase Parlamentario Vox por unos hechos «de exclusivo trascendencia, ya que suponen un semblante de inequívoca incitación a la violencia, inadmisible en cualquier zona, pero mucho más, si cerca de, en el Parlamento autonómico». La resolución del expediente sancionador considera que el diputado es autor de una conducta inadecuada en el deporte de sus funciones, con lo que se infringe «el correcto respeto a la disciplina y al orden de la Cámara en lo que afecta a su regular funcionamiento».

Según se explica en el expediente, el diputado «realizó una serie de gestos, posicionando sus manos una sobre otra, extendiendo sus brazos y ‘apuntando’ con los dedos índice y medio, con lo que aparece representar una pistola».

Asimismo, el expediente indica que hubo una «variación, de forma consciente e intencionada, del exposición del debate en el Pleno, interrumpiendo y alterando, con gestos inadecuados al decoro parlamentario, el uso de la palabra por la presidenta de la Comunidad de Madrid».

En consecuencia, se considera que ha cometido una infracción tipificada en el artículo 33.3 del Reglamento de la Asamblea de Madrid, «quebrantar contra la dignidad de la Asamblea de Madrid y contra la disciplina que obliga a todos los diputados de la Cámara, siendo éste el factor objetivo del tipo infractor».

La penalidad se ha fijado en 22 días naturales y no se extiende a otros derechos del diputado. La resolución aprecia que «la conducta infractora, aun existiendo intencionalidad en ella, no es reiterada al no constar circunstancias por los que hubiera sido sancionado el señor diputado con antelación», aunque sí se aprecia «una continuidad o persistencia en la interrupción del debate (como consta en el Diario de Sesiones) provocando el consiguiente perjuicio en el regular exposición de las sesiones plenarias».

El diputado tiene ahora 15 días para acogerse la penalidad.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *