El Supremo rebaja de 12 a 7 años la pena a un hombre que robó y violó a una prostituta en Madrid


El Tribunal Supremo (TS) acordó reducir la pena de prisión de un hombre de 12 a 7 años robó, amenazó, golpeó y violó a una prostituta en Madrid en septiembre de 2008, en aplicación de la ley del “sí es sí”.

Los magistrados han insistido en que fue el legislador quien decidió “reducir de forma muy significativa el arco penológico asociado a este tipo de conductas”. Así, han subrayado que si el propio legislador -en el “libre ejercicio de sus competencias”- resolviera que la pena mínima se elevara de 12 a 7 años, se debe aplicar descuento a los condenados.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se afirma que el acusado se dirigió en su coche al Polígono Industrial Marconi de Madrid y contrató los servicios de una mujer que ejercía la prostitución. Ella subió a su vehículo y él aprovechó para agarrarla “fuertemente” por el cuello y bajarle la cabeza, “obligándola a permanecer inmóvil”.

Allí sacó “un cuchillo grande que le puso en el cuello y le ató las manos a la espalda con una cuerda”. Según el fallo, del que fue ponente el juez Leopoldo Puente, el hombre también “le cubrió la cabeza con una manta de tela”.

Una vez que la inmovilizó, puso en marcha el coche y se dirigió hasta las afueras de un callejón sin salida de la zona. «Para aumentar el miedo grave que ya sentía la mujer, le dijo quien tenia un arma«. Fue entonces cuando le exigió que le entregara el bolso que llevaba en el que tenía el móvil, maquillaje y unos 230 euros en efectivo.

Después de robarle, le advirtió: “No te vas a ir, te voy a violar”. Y así lo hizo. La Audiencia Provincial de Madrid le condenó a 12 años y 1 día de prisión por el delito de agresión sexual. También fue condenado a 3 años de prisión por el delito de robo.

Inconforme con la resolución, el hombre llevó su caso a la Corte Suprema para que lo revise a raíz de la reforma del Código Penal tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual -conocida como el ‘único sí’. ley. es si’-. Los magistrados se han limitado a revisar la pena impuestas por el delito de agresión sexual y no se han pronunciado sobre el delito de robo.

Más de mil reducciones

Según el fallo, la Fiscalía se opuso a reducir la pena de prisión al considerar que 12 años no era una cifra “desproporcionada” dada la “gravedad” del caso.

El tribunal, sin embargo, ha explicado que esta pena se le aplicó al hombre porque era la mínima que entonces se incluía en el rango del Código Penal para los delitos de agresión sexual. Y ha concluido que ahora también hay que aplicarlo la pena mínimaque tras la reforma penal se ha mantenido en 7 años.

El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso porque, aunque ha acordado reducir la pena de prisión, ha decidido mantener la pena de inhabilitación en los 12 años que se fijó en el tribunal inferior. Y, al margen, impone una medida de libertad supervisada durante 5 años tras su salida de prisión.

Cabe recordar que, según los últimos datos publicados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), las reducciones de pena suponen el 31,4% de los casos revisados. A partir del 1 de septiembre, había 1.205 reducciones de pena y 121 libera en aplicación de la ley del ‘sólo sí significa sí’.

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