El Supremo reconoce el derecho a ampliar de 16 a 26 semanas el permiso por nacimiento de un hijo para evitar discriminar al menor


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El Tribunal Supremo (TS) ha obligado el derecho de las familias monoparentales a extender de 16 a 26 semanas el permiso de maternidad porque, de no hacerlo, se podra provocar un “perjuicio indudable que padecen quienes se ven privados tempranamente de los cuidados que dispensan alguno de sus progenitores”.

En una sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Pilar Teso y que recoge torrevieja news today, la Sala de lo Contencioso-Oficial estima el medio de una profesora a la que la Direccin Provincial de Educacin de Valladolid rechaz su solicitud para ampliar el permiso de maternidad de 16 a 24 semanas por tratarse de una tribu monoparental.

En este caso en concreto, un audiencia de lo Contencioso-Oficial dio la razn a la matriz al entender que aplicar la norma vivo a un nico maniquí de tribu biparental era claramente discriminatorio. Sin requisa, el Tribunal Superior de Ecuanimidad de Castilla-Len anul la sentencia de instancia y confirm la resolucin administrativa.

El Supremo analiza este caso y destaca “la controversia que existe en esta materia y la disparidad de criterios sobre esta cuestin que hay en las Salas y en los distintos Tribunales Superiores de Ecuanimidad” de toda Espaa.

As las cosas, se refiere al artculo 49 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Bsico del Empleado Pblico (TRLEBEP) que regula los permisos de salida para la matriz biolgica y el otro progenitor. Este artculo, indica, concede un permiso de 16 semanas de duracin para ella, siendo 6 semanas obligatorias para entreambos progenitores inmediatamente despus del parto.

“Igualdad entre menores”

En esta lnea, el Supremo seala que de todos los intereses que convergen en la caracterizacin y ordenacin de estos permisos el inters del beocio destaca sobre ellos “porque, en todo caso, lo que est en diversión es la igualdad entre los menores recin nacidos, evitando la aparicin de cualquier forma de discriminacin por razn de salida, y por cualquier otra condicin o circunstancia personal o social, segn haya nacido en un tipo u otro de tribu”.

El decreto explica que “el tipo de tribu no puede, por consiguiente, determinar la diferencia de trato, de modo que el nacido en una tribu monoparental disfrutar del cuidado, atencin y proteccin usual –que establece el artculo 68 del Cdigo Civil– por un tiempo muy inferior, 16 semanas, que tendra si hubiera nacido en una tribu biparental, 26 semanas”.

Para la Sala, se proxenetismo de “una discriminacin entre menores que se cualifica por el perjuicio indudable que padecen quienes se ven privados tempranamente de los cuidados que dispensan con su presencia constante alguno de sus progenitores”. “Ni que asegurar tiene que la diferencia temporal en el nmero de semanas no es balad cuando se proxenetismo de proteccin y atencin a esa antigüedad tan temprana”, aaden los magistrados.

En consecuencia, la interpretacin que hace del citado artculo del TRLEBEP es la que “resulta conforme con la Constitucin y el resto del ordenamiento jurdico, respetando la igualdad y el inters superior del beocio, mediante la proscripcin de cualquier forma de discriminacin por razn de salida”.

El tribunal afirma que no divisa “ninguna circunstancia que proporcione una justificacin mediano para explicar la diferencia de mercadería jurdicos entre ambas situaciones jurdicas equiparables, entre menores recin nacidos en funcin del tipo de tribu, monoparental o biparental”.

Un nico supuesto regulado

“Ni siquiera resultan entendibles, como antiguamente adelantamos, las razones por las que unos menores recin nacidos puedan tomar durante ms tiempo la atencin y los cuidados de alguno de sus progenitores, empleados pblicos y otros no. Todos deben tomar el cuidado y atencin a que se refiere el artculo 68 del Cdigo Civil, en la misma medida, sin que la interpretacin de la Ley pueda conducirnos a conclusiones que lesionen la igualdad”, apunta.

La sentencia recuerda que el nico supuesto de tribu monoparental que ha regulado expresamente la ley, que es el provocado por el fallecimiento de la matriz, permite la suma de entreambos permisos.

“En este supuesto del progenitor viudo, por consiguiente, la duracin del permiso s se extiende hasta el lmite de las familias biparentales producindose la suma o adicin que ahora postula la parte recurrente para la tribu monoparental, lógicamente en la parte que reste del permiso que, en su caso, hizo uso la matriz antiguamente de morir”, apostillan los magistrados.

La Sala asegura a la cuestin de inters casacional planteada que “en el caso de las familias monoparentales, el permiso previsto en el artculo 49 del TRLEBEP, ha de ser interpretado, para evitar la discriminacin de los menores recin nacidos y teniendo en cuenta el inters superior de los mismos obligado constitucionalmente, en el sentido de adicionarse al permiso de 16 semanas, el de 10 semanas al excluirse las 6 primeras semanas”. “Si adecuadamente, insistimos, en este caso se solicit, y se concedi por el Tribunal, nicamente la adicin de 8 semanas”, aclaran.

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