Una sentencia pionera da la custodia de dos menores a sus abuelos sin quitar la patria potestad a los padres



Alguno abuelos Los pontevedreses han obtenido el custodia de sus nietoslos que siempre han levantado, mientras que los los padres mantienen la patria potestad. Así lo ha sentenciado la Audiencia de Pontevedra en una reciente y pionera sentencia que “puede abrir las puertas a muchas otras familias que puedan estar en una situación similar”. Así lo dice Manuela Blanco Jiménez, la abogada a la que acudieron estos abuelos para solicitar cobertura legal. Y no ha sido fácil.

“La madre abandonó el domicilio familiar sin llevarse a los niños”

“Desde que nacieron los niños, estos abuelos se encargaron de su crianza porque su los padres ignoraron y les delegó”, cuenta. Su hija y su yerno se separaron cuando los niños tenían dos años, uno, y pocos meses, el otro. En ese momento, la custodia se concedió a la madre, que se mudó a la casa de sus padres con los hijos, allí se creó el vínculo con los abuelos, hasta que, “por motivos laborales, la madre abandonó el hogar familiar sin llevarse a los niños”.

En 2021, los padres reconocieron, mediante documento público notarial, que quienes ejercían la custodia de los menores eran los abuelos. “Un documento que, sin embargo, es insuficiente para darles cobertura legal. El poder no les permitía, por ejemplo, cobrar la pensión alimenticia que les había impuesto el padre, abrir una cuenta bancaria a nombre de los hijos, tramitar cualquier tipo de beca o ayuda, ni siquiera firmar autorizaciones escolares o médicas.” Y todo porque no eran los custodios: la madre seguía teniendo la custodia.

“No quieren que los niños pierdan el vínculo con sus padres”

Por eso acudieron al despacho compostelano MBJ Abogados. “Sintieron la amenaza de que se los podían llevar de repente, en cualquier momento”, afirma Manuela, que insiste en que “no quieren que los niños pierdan su vínculo con sus padrespor eso no lucharon por la retirada de la patria potestad, sino que querían tener la custodia de facto y que los hijos siguieran relacionándose con sus padres.

En la oficina sabían que no sería un trámite fácil porque “no hubo casos ni precedentes“. La única solución en cuestiones de custodia es que los padres pierdan la patria potestad. Así, los abuelos podrían solicitar la tutela a través del servicio de mediación infantil. Aun así, decidieron intentarlo.

“Presentamos una demanda solicitando la custodia de los menores y estableciendo una horario de visitas para los padres, así como un Pensión alimenticia“, explica Manuela. Sin embargo, el juzgado de primera instancia no admitió la demanda porque “no hay legitimación, la ley no permite a los abuelos ejercer esa función que corresponde a los padres siempre que ambos estén en plenas condiciones facultativas para ejercerla. “.

La oficina no dudó en recurrir el auto de inadmisibilidad ante la Audiencia de Pontevedra. “Basamos el llamamiento en la legislación de otros países y, sobre todo, en la importante prioridad de garantizar la bienestar infantil“dice el abogado.

Y hace apenas unos días llegó la sentencia. Una orden favorable que entienda que los abuelos sí están legitimados por tener un custodia de facto. Manuela Blanco celebra la decisión del Tribunal: “Una sentencia pionera que ha sabido interpretar y adaptar la ley a la realidad social”.

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