El Chancillería de Primera Instancia número 27 de Sevilla ha anulado la deuda de una mujer de miles de euros. El sentenciador ha concertado la Exoneración del Pasivo Insatisfecho quedando así liberada de una deuda de 359.000 euros a raíz de presentar, en manos de sus abogados, la Ley de Segunda Oportunidad.
La mujer, quien ejercía de empleada del hogar, no podía respaldar sus deudas con su sueldo. “Al cobrar de guisa intermitente una cantidad relativamente pequeña, no ha acabado hacer frente a los créditos solicitados. Por esta razón, se ha manido obligada a acogerse al mecanismo de segunda oportunidad”, han explicado sus abogados.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad permite que tanto particulares como autónomos puedan terminar liberados de sus deudas si previamente cumplen una serie de requisitos. Entre ellas fundamental que el concursado no haya sido condenado por motivos de índole socioeconómico en los diez primaveras antaño del proceso que actúe de buena fe sin ocultar capital ni ingresos y que la deuda no sea superior a 5 millones de euros.
Esta código fue aprobada por el Parlamento de España en 2015 y nace con el objetivo de que aquellas personas que estén en estado de insolvencia, puedan reactivarse en la patrimonio y principiar de cero al rescindir sus deudas.
Un sentenciador perdona 50.000 euros de deuda a una mujer divorciada
Una mujer de Córdoba al poner punto y final a su himeneo acumuló una deuda de más o menos de 50.000 euros. El titular del supremo de lo Mercantil número uno de Córdoba le perdonó tal cantidad aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad.
Luego de 10 primaveras sin tomar la pensión de manutención que le correspondía por sus 3 hijos y ser responsable del 50% de las deudas tras el divorcio sobrevivía tan solo con una prestación. Esta situación la dejó con un adeudo de más o menos de 50.000 euros.
La Asociación de Ayuda al Endeudamiento se puso manos a la obra al considerar que se trataba de un claro ejemplo de aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad.
Exoneran a un hombre de tener que respaldar deudas de miles de euros
El supremo de lo Mercantil 2 ha exonerado a un hombre de tener que respaldar los hasta 60.000 euros que debe a al menos 5 entidades bancarias porque considera que se negociación de un deudo de “buena fe”.
Un hombre sin propiedades a su nombre, divorciado y con una pensión de 1.400 euros mensuales acumuló una deuda de 60.000 euros, víctima de una estafa del acto sexual. Al parecer una mujer turca de unos 36 primaveras, afincada en Bulgaria, a la que el afectado conoció por internet lo engañó. La existencia de esta mujer no ha podido ser comprobada, donado que nunca llegaron a estar en persona.
El coche del supremo de lo Mercantil resuelve con un trámite concursal la deuda que acumuló un hombre para replicar a la petición de efectivo de su supuesta pareja. Para poder atender las peticiones de esta mujer, el hombre fue pidiendo microcréditos y préstamos personales.
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