Dan la custodia de dos menores a sus abuelos por la «falta de interés» de los padres


Una sentencia dictada por un juzgado de Pontevedra marcará un antes y un después en la relación judicial entre padres, hijos y, ahora también, abuelos. Por primera vez en España, un tribunal concede a los abuelos la custodia de sus dos nietos menores sin negarles la patria potestad a los padres. El camino para conseguir esta resolución no ha sido fácil ni corto, pero este matrimonio pontevedrés tuvo claro desde el primer momento que no querían forzar la retirada de la patria potestad a los padres de los niños, sino regularizar la situación en la que se encontraban. se encontraron. casi desde que nacieron los niños. Los abuelos se hicieron cargo del cuidado de los menores cuando tenían dos años y apenas unos meses, respectivamente. Ocurrió en el momento en que la pareja se separó y su hija volvió a vivir con ellos. Corría el año 2016 y el padre fue el primero en desaparecer de la ecuación, delegando el día a día de los pequeños en su madre y sus abuelos.

Tres años después, fue la propia madre quien se mudó, pero los niños no se fueron con ella. Sus abuelos se habían convertido en sus padres y casi únicos cuidadores y decidieron que era momento de regularizar el vínculo que los unía con los pequeños, que ahora tienen siete y diez años. El único camino, reconoce la abogada Manuela Blanco Jiménez, que les acompañó en este viaje, eran los juzgados, aunque la primera puerta a la que llamaron se les cerró. Su primera reclamación ni siquiera fue admitida a trámite, pero lejos de tirar la toalla siguieron peleando. A su favor contaron con el apoyo de los padres, que firmaron un acta notarial otorgando la custodia a los abuelos maternos, un gesto insuficiente ante la justicia, a la que sólo tuvieron que apelar.

La sentencia pionera de un juzgado de Pontevedra, tras el apoyo de la Audiencia Provincial, no sólo establece que la custodia recaerá en manos de los abuelos mientras que los padres conservarán la patria potestad sobre los dos menores, sino que también introduce un régimen de visitas para los padres y una pensión compensatoria. De esta manera, se trata de proteger la relación entre padres e hijos, a pesar del complicado contexto. El juzgado de Pontevedra entiende que los abuelos deben ser indemnizados con “una cantidad prudente para satisfacer mensualmente las necesidades diarias de alimentación, vestido y actividades de los menores”, por lo que Obliga a la madre a pagar 200 euros al mes y 300 al padre.

En cuanto a las visitas, el Tribunal tuvo en cuenta los trabajos y horarios de los padres -la madre trabaja en el sector de la hostelería-, permitiéndoles telefonear a sus hijos diariamente en una franja horaria concreta. Además, La madre puede reunirse con los pequeños una tarde a la semana y el padre cada dos sábados.. También podrán disfrutar de los menores durante los periodos vacacionales, medida a la que los abuelos no se oponen. Su temor era que los padres pudieran llevarse a sus hijos durante la noche sin que ellos pudieran hacer nada para evitarlo.

Ahora, sentencia en mano, son ellos quienes dirigen la vida de los más pequeños, con quienes llevan años siendo entregados. Ellos, indica el fallo, son los que siempre se han encargado de llevarlos al pediatra, hablar con los profesores y apuntarlos a las actividades, una relación paternal de facto que ahora cuenta con el respaldo de los tribunales. Porque hasta que se dictó el fallo, por ejemplo, no podían firmar la autorización para que salieran de excursión, ni pedir una beca a su nombre, ni dar el consentimiento sanitario, ni salir de viaje con ellos. La justicia ha fallado a su favor y, confirma su abogado, abre la vía a que otras familias en la misma situación encuentren una vía legal para aclarar la relación y proteger los intereses de los menores.

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