El juzgado rechaza investigar torturas franquistas en Via Laietana pese al apoyo de Dolores Delgado


Actualizado

La jueza cree que el delito está prescrito por la amnistía de 1977, como consideró la fiscal en dos ocasiones, antes de que la ex ministra la instara a sustentar la denuncia.

Medios de comunicación
Medios de comunicación ante la Jefatura de Policía de BarcelonaJ. SOTERAS
  • Tribunales Dolores Delgado corrige a la Fiscalía al pedir una investigación sobre las torturas de Franco pese a la Ley de Amnistía de 1977

El Juzgado de Instrucción número 18 de Barcelona desestimó la denuncia interpuesta por el sindicalista y presidente de la Asociación Catalana de Expresos Políticos del Franquismo, Carles Vallejo, contra varios agentes de la Policía franquista por las torturas que sufrió en la Comisaría de Policía de Via Laietana . durante los 20 días que pasó detenido en 1970. La magistrada considera que estos delitos están “prescritos y amnistiados” y por eso no abre una investigación por un crimen de lesa humanidad como afirma la denunciante, que contó con el apoyo de varias organizaciones , como Iridia y Mnium, y de la Generalitat, que le instaron a personarse como acusación particular.

En su auto, al que ha tenido acceso este medio, la jueza toma en consideración los dos primeros informes aportados por la Fiscalía los días 9 de junio y 21 de julio en los que se oponía a admitir la denuncia por considerar que el delito estaba prescrito y amparado por la amnistía de 1977. Sin embargo, hace más de un mes el Ministerio Público entregó un tercer informe en el que cambió de opinión y solicitó que se investigue la denuncia.

Era la primera vez en un proceso judicial sobre torturas franquistas que la Fiscalía instó a abrir una investigación y el cambio de criterio se produjo tras pasar el caso por manos de Dolores Delgado, exministra de Justicia y ahora fiscal de Derechos Humanos y Memoria Democrática Cámara. . El nuevo informe fiscal señaló que la Ley de Memoria Democrática permite el estudio de estas denuncias cometidas durante la dictadura pese a la posterior ley de amnistía ya que esta nueva legislación “impone al Estado, desde el ámbito de la justicia, el deber de investigar violaciones del derecho internacional”. el derecho de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, ocurridos durante la Guerra Civil y la dictadura franquista”.

Sin embargo, el tribunal considera que “los principios de legalidad penal, de irretroactividad de las disposiciones desfavorables, de validez de la Ley de Amnistía son obstáculos insalvables a la vista del estado actual de la jurisprudencia, fundamentalmente constitucional” y añade que “sólo “una sentencia distinta del Tribunal Constitucional” permitiría a un tribunal abrir un “procedimiento por hechos que, según lo expuesto, están prescritos, amnistiados y respecto de los cuales no cabe aplicar ninguna postcomisión y preceptos penales desfavorables”.

“Al no haber transcurrido un año desde la entrada en vigor de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, todavía no contamos con resoluciones en los tribunales que determinen su alcance en relación con hechos anteriores a su promulgación como los que son el tema de “esta causa”. Ya sea una cuestión de jurisprudencia menor y mucho menos del Tribunal Supremo o del Constitucional, ya que las únicas resoluciones que se conocen dictadas tras la entrada en vigor son resoluciones que provienen de juzgados de instrucción, ya sea admitiendo denuncias o desestimando las mismas”, en referencia a los tribunales. de Madrid y Ferrol, indica la orden.

El juez destaca que la Ley de Memoria Democrática no hace referencia a una investigación penal cuando insta a determinar las personas que han participado en un presunto delito y añade que esta nueva normativa “no deroga la Ley de Amnistía de 1977 ni expresa ni explícitamente”. tcita”. Por ello, considera que las torturas denunciadas en la denuncia están prescritas y no las admite. Tras conocer su decisión, las entidades que apoyan a Vallejo anunciaron que presentarían un recurso de apelación ante la Audiencia de Barcelona.

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *