el delito que pone en peligro a los menores en i…



Los delitos en línea se han multiplicado casi diez veces en la última década. Y, durante la pandemia, aumentaron especialmente, aumentando la el tráfico de material pornográfico infantil en España en un 750%.

El fiscal de la sala del Tribunal Supremo y coordinador nacional contra los delitos informáticos, María Elvira Tejada de la Fuenteabordó este jueves en el Foro torrevieja news today la situación del cibercrimen en nuestro país.

Tejada de la Fuente ha hecho hincapié en los ciberdelitos contra los más jóvenes, que “Son muy vulnerables a los ataques online porque son nativos digitales.Además, según el fiscal, la situación es “más preocupante” porque la falta de quejas: “las víctimas son niños y muchas veces no son conscientes de que están sufriendo un ataque.”

Para combatir estos nuevos delitos es necesario adaptar la legislación a la nueva realidad. Por ello, Tejada de la Fuente destacó la incorporación como delito de la figura de “aseo infantil” en 2010. Este es el acoso sexual a menores en internet que “sanciona la explotación de tecnologías llegar a los más jóvenes con el fin de carácter sexualya sea para tener contactos directos o para obtener material pornográfico de los mismos.

Pero lo relevante de esta figura, explica el fiscal, es que está sancionada “el acto preparatorio incluso si no hay contacto con el menor. “El hecho de aprovechar las tecnologías para ese fin ya es un delito”.

Pornografía infantil virtual

Tejada de la Fuente también explicó cuáles son las claves para que un vídeo sea considerado pornografía infantil virtual.

En primer lugar, “es necesario que represente a menores de edad que participen en un acto sexual explícito, ya sea real o simuladoo los órganos sexuales de un menor con fines predominantemente sexuales.” Ese contenido puede ser elaborado “de niños reales, personas reales que se hacen pasar por niños o artificialmentetotal o parcialmente.” Y, además, que sea realista: “cualquier observador externo debe percibirlo como imágenes reales”.

En España es un delito”preparación, distribución y posesiónaunque sea para consumo propio” de este tipo de material.

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