Armengol blinda al Gobierno en contra de lo sentenciado por el Constitucional tras una denuncia del PSOE


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Francina Armengol, con la ministra en funciones Irene Montero.
Francina Armengol, con la ministra en funciones Irene Montero.JAVIER BARBANCHO
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El Congreso, sede de la soberanía nacional, se encuentra en coma inducido. Del pasado 17 de agostoA fecha de inicio de la legislatura, la EEG de la Cámara se mantiene plana salvo dos aumentos: el pleno que, a petición de su presidente, se celebró para dar luz verde al uso de las lenguas cooficiales en las parlamentarias actividad y el fallido debate de investidura del líder del PP, Alberto Núñez Feijó.

Más allá de estos dos acontecimientos, el Congreso ha caído en un letargo que da la espalda a la sentencia del Tribunal Constitucional, patrocinada precisamente por el PSOE, según la cual las Cámaras no pueden estar en funciones y tienen derecho a controlar al Gobierno incluso cuando éste sea en situación de despido.

Las posiciones y argumentos en política cambian de manos según el contexto. La reclamación a favor de que el Legislativo pudiera ejercer su competencia constitucional de control sobre el Ejecutivo, incluso cuando estaba en funciones, fue hábilmente manejada en 2016 por la oposición, entonces representada por el PSOE, que, ante la negativa del Gobierno de Mariano Rajoy -entonces en una situación de extensión-Acudir al Congreso, despertó la opinión de la mayoría de los grupos y promovió la presentación ante el Tribunal Constitucional de un conflicto entre poderes del Estado.

Ahora la situación es la misma pero los actores han intercambiado roles: el presidente del Congreso, Francina Armengol, por voluntad evidente del Gobierno, impide la actividad de la Cámara: la celebración de plenos, comparecencias, sesiones de control, reuniones de la Junta de Portavoces e incluso ha restringido al mínimo las convocatorias de la Junta, órgano encargado de calificar las iniciativas de los grupos parlamentarios. Además, mantiene en suspenso la fijación del debate de investidura de Pedro Sánchez, a la espera de una u otra fecha que convenga al candidato socialista en función de las negociaciones que mantenga con los grupos independentistas.

En 2018, el Tribunal Constitucional se pronunció al respecto coincidiendo con los argumentos presentados por las fuerzas parlamentarias a favor del control del Gobierno en funciones por parte de la Cámara, promoviendo con ello un sonoro retroceso de las tesis esgrimidas por el Ejecutivo de Rajoy.

El Gobierno del PP defendió su posición frente al control parlamentario, argumentando que la Cámara no puede someter al Gobierno en funciones a un control de iniciativas en la medida en que no exista una relación de confianza entre ésta y el Congreso de los Diputados. En definitiva, al tratarse de nuevas Cortes que no habían elegido al Presidente del Gobierno y, además, el Ejecutivo tenía sus funciones limitadas al despacho de los asuntos ordinarios, sus miembros no tenían que someterse al escrutinio de la Cámara. Forzarlo significaría, según la tesis esgrimida en aquel momento, cometer un fraude a la Constitución.

Fiel a este argumento, el Gobierno impidió la comparecencia de la ministra de Defensa ante la correspondiente comisión, y con ello dio lugar a la presentación -con 218 votos a favor frente a 113 en contra y cuatro abstenciones- del conflicto entre órganos constitucionales ante el TC. . .

La sentencia del Tribunal Constitucional fue clara: no se puede negar a las Cortes Generales el ejercicio de la función de control que les atribuye el artículo 66.2 de la Constitución. Y añade: La actividad del Gobierno en funciones no impide la función de control.

El Tribunal Constitucional añade que la función de control corresponde a las Cortes Generales al ser España una democracia parlamentaria en la que las Cortes representan al pueblo español. Por tanto, concluye que la función de control es inherente a la forma de gobierno parlamentario y se basa en el carácter representativo de las Cortes Generales (…) nuestro texto constitucional no contiene, en principio, excepción alguna al ejercicio de la misma. .

Se destaca este planteamiento añadiendo que si se niega a las Cámaras su función, se afectaría el equilibrio de poderes previsto en la Constitución e implicaría una limitación del derecho a ejercer la función parlamentaria y, con ella, el derecho de participación ciudadana. .

Desde la constitución del Congreso, los grupos parlamentarios han registrado multitud de iniciativas que siguen estancadas a la espera de que se recupere la actividad. Desde entonces, sólo el PP ha registrado un proyecto de ley; cuatro propuestas no de ley a debatir en pleno y tres en comisión; cuatro solicitudes de comparecencia; uno del presidente y tres de ministros; 549 preguntas escritas; nueve solicitudes de informes y 11 escritos dirigidos a la Junta pendientes de respuesta. El PNV ha registrado siete iniciativas legislativas y varias baterías de preguntas escritas; ERC ha presentado un proyecto de ley; cuatro no de ley, algunas conjuntamente con EH Bildu y el BNG y varias preguntas escritas.

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