La Fiscalía respalda revisar los votos nulos del 23J en Madrid, como pide el PSOE


La Fiscalía se ha mostrado partidaria de realizar un nuevo escrutinio general en la provincia de Madrid “para realizar la revisión de todos los votos nulos” de las elecciones generales del próximo 23 de julio, tal y como pidió el PSOE.

“En este punto, lo que se requiere es afirmar la primacía de la búsqueda de la verdad material, cuyo conocimiento debe prevalecer sobre otras consideraciones y, por tanto, también se requiere la revisión de la validez de todos los votos inválidos”, dijo el fiscal Ricardo González Cerrón ha señalado en un escrito presentado este lunes ante el Tribunal Supremo.

En el texto, recogido por Europa Press, el Ministerio Público ha considerado oportuno declarar la nulidad del acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) y la Junta Electoral Provincial de Madrid “sobre el escaño adjudicado como número 16 del PP y en la persona de Carlos García Adanero».

La Fiscalía se ha pronunciado después de que el Tribunal Supremo le diera la semana pasada un plazo de 4 días para presentar sus alegaciones sobre la petición del PSOE. La Sala de Vacaciones fijó este plazo tras recibir el recurso presentado por los socialistas contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de rechazar su solicitud de revisión de todos los votos nulos en la provincia de Madrid.

El PSOE acudió al Tribunal Supremo con la intención de que se revocara dicha decisión porque, a su juicio, la proclamación como diputado electo del líder del PP Carlos García Adanero ha “cortado” la posibilidad de proclamar al socialista Javier Rodríguez Palacios, número 11 en las listas de Madrid.

Los magistrados notificaron a las partes -entre las que destacan también los diputados del PP Carlos García Adanero y José Antonio Martínez Páramo- el recurso del PSOE, así como el informe de la Junta Electoral Provincial de Madrid y el expediente administrativo.

Fuentes jurídicas consultadas por esta agencia de noticias han precisado que los socialistas habían interpuesto dos recursos por vía Contencioso Administrativa: uno relativo a la tramitación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y otro por vía de derechos fundamentales. De momento, el alto tribunal ha tramitado uno de ellos, el primero.

Los argumentos del PSOE

En dicho recurso, de fecha 11 de agosto, el PSOE impugnaba el acuerdo emitido por la JEC el 8 de agosto, que acordaba la proclamación de los elegidos al Congreso por la circunscripción de Madrid. Los socialistas consideran que la Junta ha hecho una interpretación errónea de la ley electoral.

Tal y como subrayó en su carta, “el derecho a revisar todos los votos nulos registrados en las actas de escrutinio fue reconocido por la doctrina del Tribunal Constitucional, establecida en su Sentencia 159/2015, de 14 de julio”. Así, defendió que su solicitud de revisión no fue extemporánea porque “es durante el escrutinio general cuando se deben realizar estas solicitudes”.

El PSOE insistió en que “el derecho de revisión de los votos nulos, con su regulación en los artículos 105 y 108 de la LOREG y de acuerdo con la doctrina constitucional, debe interpretarse de manera favorable a la ley y, por ello, que puede ser restringido.”

“Aquí solo hay una forma clara de saber qué aportan los más de 30.000 votos nulos en la circunscripción de Madrid: revisarlos”, defendió la formación, al tiempo que consideró necesario determinar si ha obtenido 121 o 122 escaños en el Congreso de los Diputados.

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